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9. ARTÍCULO 409 LECIV. SUSTANCIACIÓN Y DECISIÓN DE LAS PRETENSIONES DE LA CONTESTACIÓN Y LA RECONVENCIÓN
ОглавлениеLas pretensiones que deduzca el demandado en la contestación y, en su caso, en la reconvención, se sustanciarán y resolverán al propio tiempo y en la misma forma que las que sean objeto de la demanda principal.
Hay que tener en cuenta igualmente los artículos 399, 400 y 405 de la LECiv.