Читать книгу La sostenibilidad y el nuevo marco institucional y regulatorio de las finanzas sostenibles - José María López Jiménez - Страница 30

4.5. TAXONOMÍA INTERNA Y REGULATORIA

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Algunas entidades financieras han desarrollado sistemas de clasificación o taxonomías propias. Dichas taxonomías pueden ser consistentes y útiles, pero, por su propio origen, solo serán aplicables respecto de las firmas que las han desarrollado, dificultando, por consiguiente, la comparación de la actuación “verde” de las entidades y la de las características de sus productos por parte de los inversores y de otros usuarios de servicios financieros, la agregación de información para el diseño de políticas públicas e, incluso, la supervisión financiera.

El establecimiento de una taxonomía común de referencia constituye un requisito esencial para poder llevar a cabo cualquier política y aportar la información necesaria para la adopción de las decisiones de financiación e inversión.

En palabras de Carney (2019b, pág. 14), “necesitamos una taxonomía común para ayudar a los mercados financieros a identificar rigurosamente los buenos resultados ambientales y orientar las inversiones de manera consecuente”. La armonización internacional de una taxonomía que aporte transparencia acerca de las actividades que contribuyen a la transición hacia una economía baja en carbono será un elemento útil (Hernández de Cos, 2020b, pág. 10).

Ni siquiera sería suficiente con la armonización normativa a escala de países, sino que, al menos, esta taxonomía común debería ser supranacional, con el objetivo de disponer lo antes posible de un sistema clasificatorio universal90.

Para Roldán (2019b, pág. 10; 2020, pág. 7) es sorprendente que no tengamos todavía “una definición clara de qué es verde”. Tett (2020a) sostiene que no hay un déficit de métricas a emplear, si bien apunta que “esta sopa de letras de estándares, que a veces colisionan y compiten entre sí, es tan compleja que hace que los inversores puedan confundirse”. De ahí la importancia de diseñar un estándar único.

De manera más general, la posible extensión de prácticas de “greenwashing” (o “socialwashing”, incluso “ethical washing”) puede ser altamente negativa91. No sólo implican un falseamiento de la realidad, sino que transmiten una imagen ficticia de supuestos avances en la lucha contra el deterioro medioambiental92.

La disponibilidad de una adecuada taxonomía es crucial parta evitar el “greenwashing”, pero, desde un punto de vista financiero, se plantea una cuestión primaria, apuntada por Ford (2019), la de si “el enfoque global es productivo como forma de asignar lo que debe ser capital ‘concesionario’ (capital que acepta rendimientos por debajo del mercado a cambio de impacto social). La idea detrás de la inversión de valor social debería ser, después de todo, promover cosas que no habrían ocurrido de otra manera. Las inversiones verdes o sostenibles no requerirían de una ‘taxonomía’ en primera instancia si produjeran rendimientos superiores”.

La Red para la Transición hacia un Sistema Financiero Verde, a propósito de los distintos diferenciales aplicados por las entidades financieras según el perfil ambiental de los clientes, destaca la existencia de tres categorías de activos financieros (verdes, no verdes y marrones), y la necesidad de disponer de una taxonomía global (Elderson, 2020).

Una taxonomía consiste en “un sistema de clasificación técnicamente sólido que aporte claridad sobre qué es ‘ecológico’ o ‘sostenible’ (actividades verdes) en contraposición con aquellas actividades ‘contaminantes’ (también conocidas como actividades marrones)” (Delgado, 2019a, pág. 12). La taxonomía proporcionará “una información clara y homogénea a los inversores y la opinión pública en general” (Delgado, 2019a, pág. 13).

Por su carácter innovador merece que sea citado el primer paso normativo para el establecimiento de una taxonomía regulatoria en la Unión Europea, que ha venido dado por el Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/208893.

Este Reglamento establece los criterios para determinar si una actividad económica se considera medioambientalmente sostenible a efectos de fijar el grado de sostenibilidad medioambiental de una inversión (artículo 1).

A fin de determinar el grado de sostenibilidad medioambiental de una inversión, según el artículo 3, una actividad económica tendrá la consideración de medioambientalmente sostenible cuando dicha actividad económica:

a) Contribuya sustancialmente a uno o varios de los siguientes objetivos medioambientales: mitigación del cambio climático; adaptación al cambio climático; uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos; transición hacia una economía circular; prevención y control de la contaminación; protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.

b) No cause ningún perjuicio significativo a alguno de estos objetivos medioambientales, con el alcance definido en el mismo Reglamento.

c) Se lleve a cabo de conformidad con las garantías mínimas establecidas en las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales y de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, incluidos los principios y derechos establecidos en los ocho convenios fundamentales a que se refiere la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y la Carta Internacional de Derechos Humanos.

d) Se ajuste a los criterios técnicos de selección que se establezcan por la Comisión Europea.

La entrada en vigor del Reglamento queda diferida, para una parte del mismo, al 1 de enero de 2022 y, para otra, al 1 de enero de 2023.

Uno de los inconvenientes de la taxonomía de la Unión Europea es que tiende a lo binario, verde y marrón, sin tonos intermedios (Carney, 2019a, pág. 11; 2019b, pág. 14).

La sostenibilidad y el nuevo marco institucional y regulatorio de las finanzas sostenibles

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