Читать книгу La sostenibilidad y el nuevo marco institucional y regulatorio de las finanzas sostenibles - José María López Jiménez - Страница 42

1. INTRODUCCIÓN

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En el actual contexto, donde el multilateralismo tiene una gran importancia sobre la economía mundial, es necesario entender las diferencias entre acuerdos, mandatos, negociaciones y la implantación de estos a diferentes niveles (internacional, nacional, regional y local). Por ello, este capítulo pretende describir las principales características del Acuerdo de París, la Agenda 2030 de Naciones unidas y el Proyecto de Ley de Cambio Climático; de esta manera será posible identificar los puntos comunes y la influencia o entrelazamiento entre los tres documentos.

El Acuerdo de París, nace en la Conferencia de las Partes sobre Cambio Climático nº 21 (COP 21) de 2015 en París y, por tanto, está ligada a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático para establecer medidas más severas contra el Cambio Climático. Pretende sustituir al Protocolo de Kioto, aumentando la ambición en materia de reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero, mitigación de efectos del cambio climático y adaptación al mismo.

La Agenda 2030 de Naciones Unidas nace con el afán de conseguir un desarrollo sostenible a nivel global con el año 2030 como hito principal. Partiendo de criterios básicos de sostenibilidad (economía, sociedad y medio ambiente) se crea una agenda con diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible en los que se establecen metas específicas a nivel global. Lo fundamental de la agenda es entender que se trate de una herramienta (agenda) de trabajo que se ha de adaptar a los diferentes territorios o empresas para la mejora global, no de una imposición supranacional, y por tanto es responsabilidad de cada individuo, empresa, estado o región su implantación adecuada para favorecer los objetivos globales.

En cuanto al actual proyecto de ley de Cambio Climático y Transición Energética, en discusión por parte del Congreso de los Diputados, se trata del texto modificado del segundo borrador de dicha ley y está alineado en cierta medida con los objetivos de la Unión Europea para la des carbonización de la economía y el impulso de una industria verde nivel europeo. El impacto de la ley es profundo en ámbitos energéticos, eléctricos, medioambientales, económicos y de infraestructuras y se apoya para la ejecución de dichos cambios en diferentes planes sectoriales citados en el texto de la misma.

De esta manera podemos ver cómo se entrelazan la Agenda 2030 con el Acuerdo de París, ya que éste se centra en la consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) nº 13 para la lucha contra el cambio climático. Éste a su vez, está influenciado por la ambición europea en materia de descarbonización de la economía (como se describe en el capítulo relativo a normativa europea y el Pacto Verde) que tiene una gran influencia en la redacción del proyecto de ley de Cambio Climático y Transición Energética a nivel nacional.

La sostenibilidad y el nuevo marco institucional y regulatorio de las finanzas sostenibles

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