Читать книгу Manual de Derecho Administrativo - Luis Martín Rebollo - Страница 117
V. EL PAPEL DE LOS DISTINTOS PODERES PÚBLICOS CONTEMPLADOS EN LA CONSTITUCIÓN
ОглавлениеCuanto se ha venido diciendo puede dar una idea aproximada de la importancia del texto constitucional, no sólo desde el punto de vista de la legitimación del sistema político y de la integración social sino también desde el punto de vista jurídico. Un punto de vista que consagra al Derecho como un precioso instrumento para la convivencia y para la libertad.
Pero hay más. Porque ese valor normativo de la Constitución se ha de proyectar, expandir e incidir en todo el Ordenamiento. Muy especialmente en el ámbito del Derecho Público interno del Estado, es decir, en el ámbito del Derecho Administrativo, un Derecho que regula las relaciones entre las Administraciones públicas y los ciudadanos y que se configura como un inestable elemento de equilibrio entre los privilegios administrativos y las garantías individuales, entre el Poder y la libertad, entre su papel de facilitar los medios para que la Administración lleve a cabo su tareas de conformación social y su significado de límite, de control y garantía de los ciudadanos.
Y es que dotar a los preceptos constitucionales de contenidos concretos va a ser una de las grandes tareas del Derecho Público. Tarea que va a depender también del trabajo de los distintos operadores jurídicos, sean estos jueces, funcionarios, abogados o profesores universitarios. Cada uno de ellos, desde el ámbito profesional que les es más propio, enriquece la labor de los otros en un proceso continuo de interacciones mutuas que no debe ser desconocido sino fomentado. Pero va a depender también, muy fundamentalmente, de los Poderes Públicos (Parlamento, Poder Judicial, Administración del Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones locales...). Todos ellos, por mandato expreso del art. 9.1 de la norma fundamental, están sujetos a la Constitución, cuyo texto les vincula en el ámbito de sus propias competencias.
Pasamos, pues, brevemente, revista a cada uno de estos Poderes públicos.