Читать книгу Fiscalidad post BEPS: localización del establecimiento permanente de las corporaciones, economía digital e intercambio de información - María Crespo Garrido - Страница 15

– Caso Roche

Оглавление

Este caso se refiere a un grupo empresarial en el que su matriz está localizada en Suiza. Se formalizan dos acuerdos, uno se fabricación y otro de comisión para comercialización de los productos elaborados, con una filial situada en España y en otros lugares.

La matriz, a través de un contrato de arrendamiento, hace uso de un almacén propiedad de la filial española y la remuneración se pacta como un porcentaje sobre las ventas. No obstante, el alquiler se remunera de forma diferenciada.

La Inspección de Tributos entendió que las actividades realizadas en España no pueden catalogarse como actividades auxiliares o preparatorias, de forma que la entidad española se considera como establecimiento permanente, a tenor del convenio de doble imposición suscrito entre España y Suiza.

Por su parte, la Audiencia Nacional, según Sentencia de 24 de enero de 2008 (n° Rec. 894/2994) en el mismo sentido, entendió que Roche desarrollaba su actividad mediante establecimiento permanente, bajo la figura de agente dependiente, si bien este concepto discrepaba del concepto de agente dependiente que existía en el momento de emisión del dictamen, pues se entendió en clave puramente industrial, como lugar en el que se realizan las actividades productivas, que también eran desarrolladas por la matriz. En este sentido, la actividad de la filial envuelve a la matriz dentro del mercado nacional en el cual la primera actúa61.

La Audiencia Nacional entendió respecto a la atribución de los beneficios, que la filial debía atribuirse como beneficio, el margen sobre ventas percibido, de acuerdo a lo estipulado contractualmente.

El Tribunal Supremo STS de 12 de enero de 2012 (n° Rec. 1626/2008) confirmó el criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), así como también confirmó la Sentencia de la Audiencia Nacional. Se reseña especialmente que no se imputan riesgos al establecimiento permanente, pues son cubiertos por la sociedad cabecera del grupo empresarial. Por otro lado, la atribución de beneficios al establecimiento permanente deberá tenerse en cuenta aquellos que se perciban tanto por razón de la actividad productiva, como los derivados de las acciones puramente comerciales.

Fiscalidad post BEPS: localización del establecimiento permanente de las corporaciones, economía digital e intercambio de información

Подняться наверх