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II. EL PLAN DE ACCIÓN DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE DE LA COMISIÓN EUROPEA Y LAS RECOMENDACIONES DE 6 DE DICIEMBRE DE 2012 COMO ORIGEN DEL PROYECTO BEPS
ОглавлениеEn marzo de 2012 el Consejo Europeo pidió al Consejo y a la Comisión que desarrollasen métodos concretos de lucha contra el fraude2. De la misma manera en abril del mismo año el Parlamento Europeo advirtió de la necesidad urgente de actuar en esta cuestión. En junio de 20123 la Comisión Europea adopta una Comunicación en la que plantea sus ideas generales sobre la lucha contra el fraude en preparación de lo que será su plan de acción en el que incluirá medidas concretas.
Este hecho no puede separarse de la gestación del proyecto BEPS que en este momento ya está produciéndose en la OCDE mediante la elaboración de un informe de diagnóstico de situación y que culminará con la presentación del Plan de acción BEPS en el verano de 2013.
El 6 de diciembre de 2012 se publica la Comunicación4 de la Comisión Europea que incluye el plan de acción para reforzar la lucha contra el fraude fiscal y la evasión fiscal con 34 medidas divididas en varios bloques:
– Las medidas encaminadas a realizar un mejor uso de los instrumentos existentes: en relación con el marco de la cooperación administrativa incluyendo en materia de fiscalidad del ahorro; en relación con los acuerdos contra el fraude y la cooperación en materia fiscal con jurisdicciones vecinas así como medidas en el ámbito del IVA (entre otras, la creación del Foro de la UE sobre el IVA).
– Las medidas incluidas conjuntamente con el Plan de Acción: se publican dos Recomendaciones para los Estados Miembros; se crea la Plataforma de Buena Gobernanza Fiscal y el portal NIF en Europa así como el impulso a los trabajos del grupo Código de Conducta en relación con las prácticas perjudiciales y la adopción de formularios normalizados para el intercambio de información fiscal.
La Recomendación5 de la Comisión Europea relativa a las medidas encaminadas a fomentar la aplicación, por parte de terceros países, de normas mínimas de buena gobernanza fiscal en el ámbito fiscal constituye un antecedente de la lista de jurisdicciones no cooperativas. De esta forma se recomienda a los Estados Miembros que utilicen listas negras o denuncien los convenios bilaterales para evitar la doble imposición con jurisdicciones que incluyan determinadas medidas definidas como perniciosas. Además, en caso de que los países se comprometan a eliminar estas medidas perniciosas se debe cooperar con ellos para prestarles la asistencia técnica necesaria.
Por su parte, la Recomendación6 de la Comisión Europea sobre la planificación fiscal agresiva propone una cláusula a incluir en los convenios bilaterales para evitar la doble imposición que evite las dobles exenciones así como una cláusula general antifraude y limitaciones en las exenciones para el ámbito doméstico.
La Plataforma de Buena Gobernanza7 se crea como punto de encuentro entre los representantes de los Estados Miembros y la sociedad civil para tratar las cuestiones que estos últimos consideran de interés en relación con la agenda de la Comisión Europea. Una de sus principales aportaciones fue un estudio de las listas de paraísos fiscales nacionales que desembocó en el ejercicio de la lista de jurisdicciones no cooperativas años después.
– Las medidas anunciadas para el futuro distinguiendo entre el corto, medio y largo plazo:
Entre las iniciativas a corto plazo la Comisión Europea anunció modificaciones en la Directiva matrizfilial8 (que supuso la inclusión de una cláusula antiabuso), el fomento de las inspecciones simultáneas así como del intercambio automático de información (que se convirtió posteriormente en el estándar y que implicó varias modificaciones de la Directiva de cooperación administrativa).
Entre las iniciativas a medio y largo plazo se incluyeron algunas medidas que actualmente están de actualidad (como las inspecciones conjuntas definidas en la última modificación aprobada de la Directiva de cooperación administrativa – DAC7) u otras que no han visto la luz ni siquiera diez años después (como la armonización de sanciones o la ampliación del sistema Eurofisc a los impuestos directos).