Читать книгу Anuario de Derecho de la Competencia 2018 - Miguel Ángel Recuerda Girela - Страница 58
I. OBJETO DEL ESTUDIO
ОглавлениеComo es sabido por toda la comunidad jurídica, la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, modificó el sistema casacional en el orden contencioso-administrativo con la finalidad de que la Sala Tercera del Tribunal Supremo ejerza en el ámbito del Derecho público el estricto papel de tribunal casacional (sin perjuicio, obviamente, de las funciones que le corresponden como tribunal de instancia).
Las modificaciones del sistema casacional han sido muchas, de enorme calado (lo que explica que convencionalmente se diga que se ha introducido un nuevo sistema) y son susceptibles de ser estudiadas desde muchos puntos de vista.
La naturaleza de la obra en la que se inserta este trabajo es una ocasión magnífica para exponer unas breves reflexiones sobre la presunción de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia de la que gozan determinados recursos de casación en el ámbito del Derecho de la competencia. Realizaremos estas reflexiones a la luz de los criterios hasta ahora empleados por el Tribunal Supremo en los autos de admisión e inadmisión dictados desde la entrada en funcionamiento del nuevo sistema casacional.
Asimismo, la naturaleza de la obra también justifica que presumamos que el lector conoce los elementos esenciales del actual sistema casacional contencioso-administrativo.