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1. INTRODUCCIÓN

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Con la llegada de la economía colaborativa compartir vivienda con otras personas se ha convertido una nueva tendencia en la economía mundial que está dando paso a la regulación de nuevas figuras de alojamiento turístico, puesto que el alojamiento es uno de los principales sectores con mayor potencial de crecimiento e inversión destinada a plataformas colaborativas relacionadas con este sector (Calderón, 2017:109; Urquizu, 2020:148).

La reciente figura denominada “hogares compartidos”, regulada en uno de los principales destinos turísticos de nuestro país, como es la Comunidad autónoma de Cataluña, es un ejemplo de esta nueva tendencia ya que ahora abre paso al aprovechamiento de una oferta de espacios alternativos a los alojamientos tradicionales, pues en los hogares compartidos los turistas podrán alojarse en habitaciones para estancias de corta duración.

Pero al margen de esta modalidad de compartir la vivienda para estancias de corta duración, encontramos por otro lado otro modelo alternativo habitacional, conocido técnicamente como el “cohousing”, que permite vivir en comunidad y compartir espacios privados y comunes mucho más allá de lo sucede con el sistema tradicional de la tenencia de la vivienda en régimen de propiedad horizontal.

Principios como colaborar, utilizar lo máximo posible los bienes mediante el intercambio con otros usuarios, hacer uso eficiente de los recursos y voluntad de ahorrar son, entre otros, los valores que fundamentan estos modelos alternativos para compartir vivienda permitiendo su encuadre en lo que se ha denominado como collaborative housing o vivienda colaborativa, un concepto que ha nacido de la economía colaborativa y que engloba una variedad de supuestos (community-led, resident-led, participative housing o cohousing) en los que una pluralidad de personas se auto-organizan para la provisión de vivienda (Czischke, 2018:55, Simón, 2020:2; Pagès, 2019: 202).

En el presente trabajo examinaremos, en primer lugar, la figura de los hogares compartidos comenzando por su ámbito de aplicación, conceptualización y características principales, así como sus diferencias respecto las “vivienda de uso turístico”; y luego su fiscalidad, donde determinaremos la tributación de las rentas derivadas del alojamiento como la tributación de las estancias turísticas. En segundo lugar, abordaremos el cohousing intergeneracional, tratando primeramente sus características principales y, seguidamente, la tributación de los actos que tiene lugar en su constitución, adquisición del suelo, la construcción de las viviendas y posterior cesión de uso de las viviendas a los miembros de la comunidad de cohousing.

Fiscalidad del Cohousing

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