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4. OTROS DERECHOS MORALES: MODIFICACIÓN, ARREPENTIMIENTO Y ACCESO

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El art. 14 TRLPI reconoce a los autores tres derechos morales más que les facultan para modificar la obra creada (art. 14.5.º TRLPI), retirarla del comercio (art. 14.6.º TRLPI) y, finalmente, acceder a ella para el ejercicio de otros derechos (art. 14.7.º LPI). Tales facultades, sin embargo, tienen un escaso impacto en el caso de las obras visuales en general y el arte de la calle en particular. En efecto, salvo pacto en contra, la posibilidad de modificar las obras desaparece cuando han dejado de ser propiedad del autor, quedando sujeta a la autorización del propietario del objeto o soporte al que se ha unido la creación. La retirada del comercio o arrepentimiento se contempla para los supuestos de cambio en las convicciones intelectuales o morales. Pero difícilmente podría materializarse esa retirada en el caso de las obras de arte urbano sin proceder a su destrucción o a la privación del contenido esencial de la propiedad sobre el objeto. En cuanto al acceso al ejemplar único o raro, parece que, mientras se trata de arte urbano accesible al público, ese derecho estará garantizado. Aunque siempre cabe imaginar casos en que no sea así. Por ejemplo, un espacio abierto puede cerrarse. También cabría considerar la utilidad de este derecho en los casos en los que va a procederse legítimamente a la destrucción de la obra, a fin de poder documentarla. Este sí es un extremo importante.

Anuario Iberoamericano de Derecho del Arte 2020

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