Читать книгу Guía de criptoactivos MiCA - Agustín Madrid Parra - Страница 10

2. EMISIÓN Y ADMISIÓN A NEGOCIACIÓN DE FICHAS REFERENCIADAS A ACTIVOS

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La emisión de este tipo de criptoactivos, y su admisión a negociación en una plataforma de nefociación de criptoactivos, requiere una autorización de la autoridad competente del Estado miembro y sólo se concederá a las entidades jurídicas establecidas en la Unión previa solicitud en los términos del artículo 16 MiCA, aunque en el artículo 15 MiCA se recogen algunas excepciones.

La solicitud requiere la elaboración de un libro blanco relativo a fichas referenciadas a activos, por ello, el artículo 22 MiCA prevé la responsabilidd de los emisores respecto de la información en él suministrada, aunque le corresponde a los titulares demostrar que se ha infringido el artículo 17 al proporcionar una información no completa, imparical o clara, o que se ha proporcionado información engañosa.

Según el artículo 23.3 MiCA, los titulares sólo podrán solicitar una indemnización por daños y perjuicios cuando el resumen sea engañoso, inexacto o incoherente con las demás partes del libro blanco de criptoactivos; y cuando el resumen, leído junto con las demás partes del libro blanco de criptoactivos, no proporcione información clave para ayudar a los consumidores y los inversores a tomar una decisión sobre la compra de las fichas referenciadas a activos.

Del Capítulo II del Título III sobre las obligaciones de los emisores de fichas referenciadas a activos, cabe destacar que en el artículo 27 se obliga a los emisores de fichas referenciadas a activos a que establezcan y mantengan procedimientos eficaces y transparentes que permitan una tramitación rápida, justa y coherente de las reclamaciones recibidas de los titulares.

El acceso a este procedimiento de tramitación de las reclamaciones no se limita a los consumidores, así que podrá reclamar cualquier titular de fichas referenciadas a activos, procedimiento que será gratuito y, parece ser, que resolverá la reclamación el propio emisor de forma imparcial, gratuita y en un plazo razonable. Además, los emisores de fichas referenciadas a activos elaborarán y pondrán a disposición de los clientes una plantilla para la presentación de reclamaciones y llevarán un registro de todas las reclamaciones recibidas, así como de las medidas que se adopten en respuesta a las reclamaciones.

Consideramos que los titulares de fichas referenciadas a activos también podrían reclamar a través del procedimiento que establece el Reglamento (UE) n.º 524/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE, ya que se aplica a la resolución extrajudicial de litigios relativos a obligaciones contractuales derivadas de contratos de compraventa o de prestación de servicios celebrados en línea entre un consumidor residente en la Unión y un comerciante establecido en la Unión mediante la intervención de una entidad de resolución alternativa.

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