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2. LA EXPANSIÓN DEL LEMA: LOS DESARROLLOS NORMATIVOS DE LA ECONOMÍA CIRCULAR

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La expresión “economía circular” está proliferando en la normativa más reciente hasta cotas insospechadas8. Especialmente importante ha sido el impacto en la normativa de residuos dado que, una parte importante de las medidas previstas en el Plan de Acción de la UE de Economía Circular de 2015 requería la elaboración de nuevas normas o la modificación de las anteriores. El paquete normativo de la economía circular aprobado durante los años 2017 y 2019 consistió en siete directivas: una modificó sustancialmente la Directiva marco de Residuos9, otra reformó la Directiva de vertido de residuos (vertederos)10, otras cuatro modificaron seis directivas sobre tipos específicos de residuos11 y, otra supuso la aprobación de la primera Directiva sobre plásticos12.

Por lo que se refiere a España, la respuesta al Plan de Acción europeo llegó con la aprobación de la Estrategia Española de Economía Circular13 y la trasposición de algunas de las modificaciones sectoriales de la normativa de residuos mediante normas reglamentarias14, estando todavía pendiente la trasposición de la directiva marco mediante una nueva ley de residuos15.

En otros sectores normativos también se ha recogido la expresión “economía circular”, aunque las alusiones a la misma suelen ser genéricas, superficiales y, en ocasiones, puramente testimoniales. Así ha ocurrido, por ejemplo, en el sector energético y climático. A pesar de las evidentes e importantes interrelaciones que existen entre la normativa de residuos y la normativa energética y climática, la economía circular no ha tenido una presencia destacada en este sector. No obstante, es previsible – y deseable– que en el futuro se potencien las sinergias entre los objetivos concurrentes de la transición a una economía circular y a una economía hipocarbónica. Para ello será necesario disponer de herramientas que permitan conocer y medir esas sinergias; incorporar la circularidad en las políticas de energía y clima; y, por último, que se avance en las técnicas jurídicas que incorporen la circularidad en el diseño de los productos que utilizan la energía16.

La legislación autonómica también ha acogido el concepto y la expresión de “economía circular” en muchos textos programáticos y en bastantes disposiciones normativas, principalmente, en el ámbito del cambio climático y en el de los residuos17. También se ha aprobado alguna ley que, con carácter general y transversal, pretende instaurar la economía circular en los distintos ámbitos de actuación pública18.

Redondear la Economía Circular. Del discurso oficial a las políticas necesarias

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