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7.3.1. Concepto

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La posesión es un señorío de hecho sobre la cosa. En este punto la doctrina resulta unánime.

Son muchos los conceptos que la doctrina ha establecido sobre este derecho. Así, se ha dicho que «La posesión es el derecho a continuar poseyendo basado en el hecho de poseer» (Hernández Gil). Y añade, «la continuidad es inherente a la posesión no sólo como hecho, sino como posibilidad garantizada por el ordenamiento jurídico».

Puig Peña define la posesión, en su acepción estricta y propia, como «una situación jurídicamente tutelada, por cuya virtud una persona tiene una cosa o ejercita un derecho, de tal forma que actúa sobre los mismos como si fuera su titular verdadero».

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Practicum Ejercicio de la abogacía 2022

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