Читать книгу Plataformas digitales: Aspectos jurídicos - Apol·lònia Martínez Nadal - Страница 13
3. BREVE REFERENCIA A LAS NORMAS DE DILIGENCIA DEBIDA Y MECANISMOS DE CONTROL: ¿NORMAS ACCESORIAS EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD?
ОглавлениеAsimismo, resulta interesante hacer siquiera una mención al Capítulo III de la Propuesta que introduce obligaciones de diligencia debida para los intermediarios, en aras a conseguir un entorno online transparente y seguro. Concretamente, distingue por secciones acumulativas las obligaciones que deberá cumplir cada tipo de servicio digital: normas aplicables a todos los prestadores de servicios de intermediación (Sección 1), normas aplicables a los servicios de alojamiento de datos (Sección 2), normas aplicables únicamente a las plataformas electrónicas (Sección 3), obligaciones adicionales para plataformas muy grandes (Sección 4) y otras provisiones en relación a la diligencia debida (Sección 5)45. Una vez más, vemos como la Comisión Europea pone el foco de atención en las plataformas digitales y cabe preguntarse si el incumplimiento de tales obligaciones será causa de, o puede influir en, la no aplicación de la exención de responsabilidad por contenido46.
Además, la norma recoge un nuevo mecanismo de control de cumplimiento de las referidas obligaciones –que consiste en la cooperación nacional y a escala de la UE– y supervisar la manera en que los intermediarios en línea adaptan sus sistemas a los nuevos requisitos (Capítulo IV). Cada Estado miembro deberá designar un coordinador de servicios digitales, que será una autoridad independiente responsable de super-visar los servicios de intermediación establecidos en dicho Estado y/o de coordinarse con las autoridades sectoriales especializadas. Para ello, impondrá sanciones, incluidas multas económicas. Cada Estado miembro especificará claramente las sanciones en su legislación nacional de conformidad con los requisitos establecidos en el Reglamento, velando por que sean proporcionadas a la naturaleza y gravedad de la infracción, aunque también disuasorias para garantizar el cumplimiento. Se trata, con todo, de especificar la diligencia debida para que cada plataforma, en función de las actividades que realiza como intermediaria.