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III. EL SEMPITERNO DILEMA DE LA REMOCIÓN DE CONTENIDOS ¿ILÍCITOS? EN LA RED

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El fuerte crecimiento de los servicios digitales por parte de los ciudadanos, operadores económicos y de las Administraciones Públicas, como se ha puesto de relieve, beneficia a la sociedad en su conjunto, pero al mismo tiempo el uso nocivo e ilícito de estos servicios digitales puede enormemente perjudicar, a título individual o colectivamente, a todos. En este sentido, es cierto que los prestadores de servicios de intermediación (en concreto, los de alojamiento de datos) tienen un papel esencial en la difusión de los contenidos en la red, pero también en la erradicación de la transmisión (en caso de que sea ilegal42). De modo que una rápida actuación en la remoción del contenido ilícito (o dañino) es imprescindible para proteger adecuadamente los legítimos intereses en presencia43.

Ahora bien, recuérdese, la naturaleza técnica, automática y pasiva44 de la actividad del prestador de servicio de alojamiento de datos (y su neutralidad45) implica que no tenga conocimiento ni control de la información almacenada46. Como tampoco tiene la obligación general de supervisar los datos que almacena o de realizar búsquedas activas de hechos o circunstancias que indiquen actividades ilícitas47, el prestador de servicio desconoce el carácter ilegal del archivo almacenado (o de la actividad ilícita que pudiera realizarse con el mismo). Por lo tanto, en caso de ser informado de la presunta ilegalidad, debe tratar de forma diligente la información comunicada para no perder su inmunidad48, porque, de lo contrario, puede considerársele responsable indirecto (de conformidad con la ley material aplicable al fondo del asunto49) del contenido notificado.

Así las cosas, el mecanismo para presentar avisos sobre aquellos contenidos presuntamente ilícitos a las plataformas y servicios digitales se configura como un medio importante para combatir los contenidos ilícitos en línea50. También el mecanismo voluntario implantado por el intermediario que modera proactivamente el contenido presente en su servidor51, tal y como se analiza a continuación.

Plataformas digitales: Aspectos jurídicos

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