Читать книгу Lucha contra la Criminalidad organizada y cooperación judicial en la UE: instrumentos, límites y perspectivas en la era digital - Francisco Javier Garrido Carrillo - Страница 39

3.2. Certificados

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La transmisión de estas órdenes a sus destinatarios se hará a través de un certificado de orden europea de entrega (EPOC, European Production Order Certificate) o de un certificado de orden europea de conservación (EPOCPR, European Preservation Order Certificate) contenidos como anexo I y II de la Propuesta de Reglamento. Con la utilización de estos certificados, se pretende facilitar al destinatario de la orden toda la información necesaria para su cumplimiento en un formato estandarizado, que permita identificar fácilmente los datos y reducir los gastos de traducción que se derivarían del texto libre.

Tanto el EPOC como el EPOC-PR deben contener toda la información exigida para la emisión de las órdenes europeas de entrega y conservación, respectivamente (arts. 5.5 y 6.3 PROEEyC), salvo la justificación de la necesidad y la proporcionalidad de la medida u otras precisiones adicionales sobre la investigación, a fin de no ponerla en peligro (art. 8.3 y 4 PROEEyC). Esta información solo deberá incluirse en la orden, de modo que el investigado pueda impugnarla durante el proceso penal.

El EPOC y el EPOC-PR se transmitirán directamente por cualquier medio que pueda dejar constancia escrita y permita al destinatario determinar su autenticidad, como pueden ser el correo certificado, el correo electrónico seguro, o plataformas especializadas y seguras que los proveedores de servicios, los Estados miembros o los organismos de la UE hayan establecido para la tramitación de las solicitudes de datos por las autoridades policiales o judiciales. (art. 8.2 PROEEyC).

En caso necesario, el EPOC o el EPOC-PR se traducirán a una lengua oficial de la UE aceptada por el destinatario; y, si no ha especificado ninguna lengua, se traducirán a una de las lenguas oficiales del Estado miembro en el que resida o esté establecido el representante legal (art. 8.5 PROEEyC).

Lucha contra la Criminalidad organizada y cooperación judicial en la UE: instrumentos, límites y perspectivas en la era digital

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