Читать книгу Derecho y energías renovables - Germán Valencia Martín - Страница 69
4. CONTENIDO DE LA LEY Y FUNDAMENTO COMPETENCIAL
ОглавлениеMás allá de las obligadas referencias a la transición justa en su Preámbulo150, y de alguna referencia aislada a esta temática en otras partes de su articulado151, la nueva Ley 7/2021, de cambio climático y transición energética contiene, en realidad, en correspondencia todos los antecedentes descritos y bajo el título tal vez inapropiado (añado ahora) de “Medidas de transición justa”, una regulación bastante parca de la materia, que prácticamente se limita a regular (sin excesivo detalle) algunos instrumentos específicos de planificación y gestión (estrategias y convenios de transición justa, arts. 27 y 28, respectivamente), pero sin apenas descender al terreno de las “medidas” con las que, por mediación o no de los mencionados instrumentos, se pretenden alcanzar los objetivos de la transición justa, con la sola excepción del acceso prioritario a caudales y capacidad de evacuación eléctrica, adelantado por el Real Decreto-ley 17/2019 [art. 28.3, letra e)], así como de las condiciones para el mantenimiento de las explotaciones mineras de carbón (art. 29), que no constituyen en realidad medidas para facilitar la transición justa y cuya incorporación a la ley tal vez hubiera sido preferible hacerla en otro lugar152.
La Disposición final decimotercera (títulos competenciales) de la LCCTE atribuye con carácter general a la ley un carácter básico fundado “conjuntamente” en los títulos competenciales de este carácter otorgados al Estado en los apartados 13, 23 y 25 del art. 149.1 CE (“bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica”, “legislación básica sobre protección del medio ambiente” y “bases del régimen minero y energético”, respectivamente). Este mismo fundamento competencial resulta predicable, pues, al Título VI, al no venir incluido ninguno de sus preceptos en las salvedades que también contiene la referida Disposición final. No vamos a detenernos ahora en estas cuestiones competenciales, que tampoco provocaron excesivo debate durante la tramitación parlamentaria del proyecto de ley, sin perjuicio de algunas matizaciones que sí haremos al hilo del examen de algunas de las “medidas” (estrategias y convenios) incluidas en ese Título VI153.
Vamos a estudiar así, sucesivamente, el instrumento de planificación (las estrategias de transición justa, art. 27), los de gestión (los convenios de transición justa, art. 28) y el precepto relativo al “cese de la producción de carbón nacional” (art. 29)154.