Читать книгу Menores y justicia Juvenil - Lorenzo Mateo Bujosa Vadell - Страница 28

4. CONCLUSIONES

Оглавление

En primer lugar, debemos insistir en que es necesario modificar la Ley Integral para modificar el restrictivo y parcial concepto actual de violencia de género sustituyéndolo por el del Convenio de Estambul.

De este modo las estadísticas oficiales, por ejemplo, del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género expondrían datos y cifras más completas del conjunto del fenómeno con independencia de la relación de afectiva entre presunto autor y víctima.

Hemos demostrado que entre los menores puede existir una relación análoga de afectividad aún sin convivencia y que, por tanto, es posible encontrar autores menores de violencia de género.

Los datos estadísticos del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género demuestran tendencia creciente a la comisión delictiva de este tipo de delitos por parte de los menores de edad.

Sin embargo, sería aconsejable que el referido organismo aumentase los datos estadísticos respecto al fenómeno que estamos abordando, faltan otro tipo de análisis, como, por ejemplo: poner en relación esta estadística con los tipos delictivos cometidos, con el tipo de medida impuesta en la Sentencia, con la edad de las víctimas e incluso sería muy útil, para una investigación como la que nos ocupa, proporcionar los datos desagregados por franja de edad o Comunidad Autónoma.

En relación al resto de violencia de género debemos recordar que la Macroencuesta de violencia contra la mujer de 2019 no resulta útil para nuestro estudio porque no refleja los datos por franja de edad del autor.

Sin embargo, los Informes sobre delitos contra la libertad e indemnidad sexual de 2017, 2018 y 2019 elaborados por el Ministerio del Interior contribuyen a nuestro estudio, de los datos consignados en los mismos podemos afirmar que en el caso de autores menores existe una tendencia creciente en el conjunto de los tipos delictivos que se analizan, incluyendo la ciberdelincuencia sexual.

En definitiva, podemos concluir que los delitos de violencia de género en los términos de la Ley Integral, así como los delitos contra la libertad e indemnidad sexual son idóneos para estudiar, analizar y proponer instrumentos y herramientas que sirvan de base para reorientar o dirigir la intervención en menores y/o jóvenes infractores hacia la reducción de la reincidencia delictiva con el fin de obtener un indicador de la disminución de la probabilidad de comisión de nuevos delitos de esta tipología.

Menores y justicia Juvenil

Подняться наверх