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2.2 LOS ENFOQUES DE LA PREVENCIÓN DE NACIONES UNIDAS

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Manejando esta perspectiva pluridimensional de la prevención de TONRY y FARRINGTON, las Directrices para la prevención del delito de las Naciones Unidas incorporadas el 24 de julio de 2002 a través la Resolución 2002/13 del Consejo Económico y Social25, plantean cuatro enfoques: a. la prevención mediante el desarrollo social, b. la prevención de base local o comunitaria, c. la prevención de situaciones propicias al delito y d. la prevención vinculada con la reintegración. Haremos una breve referencia a éstos, partiendo de lo que se señala en las propias directrices, en su Manual de aplicación26 y las vincularemos con las perspectivas pluridimensionales que hemos mencionado respecto a la prevención.

a. La prevención mediante el desarrollo social según señalan las propias Directrices: “Promueven el bienestar de las personas y fomentan un comportamiento favorable a la sociedad mediante la aplicación de medidas sociales, económicas, de salud y de educación, haciendo particular hincapié en los niños y los jóvenes, y centrando la atención en el riesgo y los factores de protección relacionados con la delincuencia y la victimización”27. Se incluyen dentro de la misma programas de tipo social, educativo, sanitario y formativos dirigidos a niños o familias en situación de riesgo con niños pequeños “con el fin de proporcionarles ayuda y facilidades para la crianza de los hijos”28. De igual forma se plantean estrategias de intervención temprana, en los que se busca que tanto los niños como sus familias “adquieran resistencia y aptitudes sociales”29. A título de ejemplo se mencionan programas dirigidos a grupos de niños de áreas especialmente vulnerables (niños de la calle o de áreas desfavorecidas); proyectos educativos en escuelas o proyectos de capacitación o esparcimiento.

Este enfoque preventivo se corresponde con lo que TONRY y FARRINGTON30 denominan Developmental Crime Prevention ya que finalmente esta agrupando estrategias que buscan favorecer programas e intervenciones que sirven “para la socialización efectiva y para garantizar una atención adecuada a niños, jóvenes y sus familias” (MEDINA ARIZA)31.

b. La prevención de base local o comunitaria, es definida por las Directrices como aquel enfoque en que “se modifican las condiciones existentes en los vecindarios que influyen en la delincuencia, la victimización y la inseguridad resultantes del delito mediante el fomento de iniciativas, la aportación de experiencia y la decisión de los miembros de la comunidad”32. En este marco, se incluyen programas que no se dirigen a individuos particulares sino a zonas especialmente vulnerables en donde exista un alto riesgo de “caer en la delincuencia o de ser víctima de ella”33. Todo ello con el objetivo de “aumentar la sensación de seguridad y protección de los componentes de determinadas comunidades, responder a las preocupaciones y problemas de delincuencia comunitarios que afecten a la población y aumentar los servicios, así como el capital o la cohesión social en la comunidad”34.

En la perspectiva de TONRY y FARRINGTON35, este enfoque se enmarcaría en la Community Crime Prevention, dado que finalmente se involucran intervenciones diseñadas para cambiar las condiciones sociales e instituciones que influyen en la delincuencia de las comunidades residenciales.

c. La prevención de situaciones propicias al delito, es descrita por las Directrices como aquel enfoque que busca “Prevenir los delitos reduciendo oportunidades de cometerlos, aumentando para los delincuentes el riesgo de ser detenidos y reduciendo al mínimo los beneficios potenciales, incluso mediante el diseño ambiental, y proporcionando asistencia e información a víctimas reales y potenciales”36. En ese marco se buscan estrategias que reduzcan “las oportunidades de la población para cometer delitos, aumentar los riesgos y los costos de ser detenido y minimizar los beneficios del delincuente”37. Es así como se han categorizado estrategias vinculadas con lo anterior: las que aumentan el esfuerzo y el riesgo de los delincuentes, las que disminuyen las ganancias de los que delinquen y la incitación a la delincuencia y las que eliminan la justificación o excusa para delinquir38.

En la perspectiva de TONRY y FARRINGTON39, este enfoque se enmarcaría en la Situational Crime Prevention, el cual opera dentro de las teorías prevencionistas de orientación situacional que consideran el crimen como una opción racional, utilitaria y selectiva (ya que el delincuente escoge el espacio adecuado, el momento oportuno, la víctima vulnerable, etc.) planteando una intervención dirigida a neutralizar las oportunidades o situaciones de riesgo que resultarán atractivas para el infractor.

d. La prevención vinculada con la reintegración, según explica la Directiva, se enmarca en “Prevenir la reincidencia proporcionando asistencia para la reintegración social de los delincuentes y otros mecanismos preventivos”40. A través de ella se involucra la prevención del delito mediante la reinserción social, enfocándose a los programas dirigidos a niños, jóvenes o adultos que están o han estado involucrados en el sistema de justicia penal41. En la perspectiva de TONRY y FARRINGTON se enmarcaría en la Law enforcement and Criminal Justice, vinculado con un esquema de rehabilitación y no de simple disuasión.

Precisado lo anterior, pasamos ahora ha analizar las fuentes de las normas y estándares en prevención de la delincuencia que se han marcado en el seno de las Naciones Unidas, con el fin de tratar de hacer una aproximación a las mismas de la mano de los enfoques que hemos analizado.

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