Читать книгу El régimen jurídico de la privación de la patria potestad - Lydia Noriega Rodríguez - Страница 8
2.2.1. Emancipados
ОглавлениеComo es sabido, la emancipación provoca la extinción de la patria potestad, habilitando al menor para regir su persona o bienes como si fuese mayor de edad, con la excepción de los supuestos recogidos en el art. 323 CC: tomar dinero a préstamo, gravar o enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de extraordinario valor. Para estos actos, necesitará el consentimiento de sus padres y, a falta de ambos, el de su curador.
Como determina el art. 239 CC tras su modificación por el art. 2.22 de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se Reforma la Legislación Civil y Procesal para el Apoyo a las Personas con Discapacidad en el Ejercicio de su Capacidad Jurídica6, la emancipación tiene lugar por la mayor edad, por concesión de quienes ejercen la patria potestad y por concesión judicial. Asimismo, se contempla en el art. 241 CC la denominada emancipación por vida independiente del hijo mayor de dieciséis años que, con el consentimiento de sus progenitores, viva independientemente de éstos. Los padres pueden revocar este consentimiento.