Читать книгу El estatuto del Prácticum externo: aspectos jurídicos-sociales comparados - María Luisa Gómez Jiménez - Страница 11

2.4. Fines

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Según el RD 592/2014, de 11 de julio, con la realización de las prácticas académicas externas se pretenden alcanzar los siguientes fines:

− Contribuir a la formación integral de los estudiantes complementando su aprendizaje teórico y práctico41;

− Facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional en que los estudiantes habrán de operar, contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos (adquisición de experiencia profesional);

− Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas (diversificación competencial y asunción de habilidades aptitudinales orientadas al desarrollo profesional);

− Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejore su empleabilidad futura; y

− Favorecer los valores de la innovación, la creatividad y el emprendimiento.

Junto a estos fines normativos, seguramente cabe entender también, con las matizaciones propias de las especialidades académicas correspondientes, que las prácticas externas de los estudiantes universitarios pueden contribuir adicionalmente a permitirles una cierta reflexión sobre su propio proceso formativo, y su repercusión en su desarrollo profesional, conectando la teoría y práctica recibidas con la realidad profesional diaria, a entender –genéricamente– el funcionamiento del mercado y la actividad empresarial, así como el desempeño de funciones y tareas públicas, y, en fin, a adquirir una serie de competencias complementarias o accesorias, difíciles de articular a lo largo de los grados o másteres, pero imprescindibles “fuera de las aulas”, como el aprendizaje autónomo, la gestión del trabajo en equipo, la ordenación cronológica de las tareas a desarrollar, las habilidades directivas, el trabajo cooperativo, la autorresponsabilidad en la consecución de objetivos, etc. Como se ha señalado, en definitiva, el objeto de las prácticas externas no es otro que el de alcanzar un equilibrio entre la formación teórica y práctica del estudiante, la adquisición de metodologías para el desarrollo profesional y facilitar su empleabilidad futura42.

El estatuto del Prácticum externo: aspectos jurídicos-sociales comparados

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