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INTRODUCCIÓN

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“Ya hemos sufrido demasiado al ver cómo la sabiduría se mantiene separada del poder; por ello deseamos la colaboración de aquellos que indican lo deseable con los que conocen lo posible”.

Gaston Berger

“El único espacio sobre el cual los seres humanos pueden tener impacto es el futuro. Ello porque […] el pasado pertenece a la memoria, el presente a la acción y el futuro a la voluntad y a la imaginación”1. Los sueños han estado presentes en la humanidad desde su misma génesis, pero fue la planificación la que entregó al hombre la capacidad de conectar las ideas con la realidad y le concedió un poder de control inimaginable sobre el porvenir.

El origen y el desarrollo de la planificación se dieron en los campos de la filosofía, la sociología y la economía. Es así como la planificación surgió como una institución técnica y, en sus inicios, fue utilizada por las empresas privadas y se caracterizó por su lejanía de las fuerzas políticas y los estamentos públicos. Paulatinamente, la planificación fue encontrando un espacio en el escenario estatal, hasta convertirse en una institución esencial para dirigir la actividad pública hacia un desarrollo económico y social sostenible tanto a nivel nacional como global.

La eficacia de la planificación, concebida como herramienta para lograr el desarrollo de las naciones, parte del presupuesto de un cabal entendimiento de la institución en sí misma. Este es precisamente el fin de este texto: ilustrar al lector sobre la procedencia, las particularidades y las funciones de la planificación, para luego ubicar la figura en el contexto teórico del derecho administrativo y examinar las formas en que esta ha incursionado en el seno de la Administración Pública, particularmente en las instituciones de América Latina y el Caribe.

La adopción de la planificación por parte de la Administración Pública se dio en virtud del deber del Estado de colmar las necesidades de la sociedad, así como de una clara insatisfacción con la situación presente, lo que desencadenó en la voluntad de cambiar el futuro2. La migración de la planificación de las instancias privadas a aquellas públicas no supuso, de manera alguna, un abandono del sustrato técnico de la figura. Precisamente, el logro del desarrollo por parte de la Administración, mediante el empleo de la planificación, exige un constante y consciente diálogo entre el conocimiento técnico y especializado, por una parte, y las decisiones políticas, por otra, pues estas definen el norte y la visión de un país. De esta manera se logrará la confluencia entre lo deseable y lo posible, entre la teoría y la práctica, entre un plan consignado por escrito y la efectiva transformación de la realidad.

Planificar no es simplemente proyectar una idea o un sueño hacia el futuro, sino identificar los medios económicos y sociales y las operaciones disponibles para alcanzar un determinado fin. De hecho, la principal característica de los sueños es su vaguedad. Es por esto que la planificación no puede identificarse con un mero discurso político3, sino con la definición de las circunstancias de tiempo, modo y lugar de las acciones y estrategias que se emprenderán para alcanzar unos objetivos precisos. Entonces, el entendimiento de la planificación como técnica es el que permite a la Administración alejarse de la utopía y la especulación para adecuar sus decisiones a metas posibles y alcanzables.

La presente investigación, dirigida principalmente a los estudiosos del derecho administrativo, tiene la pretensión de abstraerse del mundo jurídico con el objeto de comprender la figura de la planificación, para luego examinar los matices de la institución, entendida como herramienta y actividad administrativa. Es así como las ideas que se exponen a continuación tienen un carácter predominantemente teórico e introductorio respecto de los posteriores trabajos de este libro, los cuales estudian la aplicación práctica de la planificación en los campos ambiental, minero, de infraestructura y de prevención de desastres.

Este texto tiene una estructura deductiva, pues parte de las generalidades del concepto de planificación para luego estudiar la adaptación de la figura en el ámbito estatal. La exposición se divide en tres partes: la primera, titulada “Planificación técnica”, presenta brevemente la historia de la institución, su definición y sus campos de aplicación; la segunda, “Planificación y derecho administrativo”, estudia el entendimiento teórico de la planificación en el marco del derecho administrativo, la incursión de la figura en el sector público y el desarrollo institucional estatal aparejado al ensanchamiento del proceso de la planificación; por último, la tercera parte, titulada “La planificación del desarrollo en América Latina y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, presenta el concepto de planificación del desarrollo, su acogida en América Latina y el Caribe, y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible como norte de la actuación estatal.

Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano: competencias, instrumentos de planificación y desafíos

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