Читать книгу Practicum Local 2021 - Alberto Palomar Olmeda - Страница 81

6.2. Régimen especial de la Comunidad Foral de Navarra

Оглавление

Art. 46 Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra).

Art. 40 y Disposición Adicional 3ª LBRL.

Disposición Adicional 2ª Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra.

Para entender la regulación normativa a la que se encuentra sometida la Administración Local en Navarra es preciso acudir a la Disposición Adicional 3ª LBRL, norma en la que se establece que la LBRL regirá en Navarra en lo que no se oponga al régimen que para su Administración Local establece el art. 46 de su Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra).

A esta previsión se añade que:

– A estos efectos, la normativa estatal que, de acuerdo con las Leyes citadas en el mencionado precepto, rige en Navarra, se entenderá modificada por las disposiciones contenidas en la presente Ley.

– De acuerdo con lo dispuesto en el art. 46.1 de su Estatuto de Autonomía se entienden transferidas las funciones administrativas, que ostentarán, asimismo, todas aquellas otras funciones de la misma índole que les transfiera la legislación estatal que ha de dictarse conforme a lo establecido en la Disposición Final 1ª de la misma.

Régimen confuso que mediante dos remisiones (de la Disposición Adicional 3ª LBRL a la Disposición Adicional 1ª LBRL, y de esta a la Disposición Final 1ª) vienen a suplir lo que la LBRL no señala en el art. 40.

En definitiva, que la Comunidad Foral de Navarra tiene la competencia en materia de Administración Local.

La Disposición Adicional 2ª de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, establece su aplicación en la Comunidad Foral de Navarra sin perjuicio, eso sí, de las particularidades que resultan del Estatuto de Autonomía (que tiene la facultad de atribuir competencias a los municipios, desarrollar los criterios para el cálculo del coste efectivo de los servicios...).

2/530

Practicum Local 2021

Подняться наверх