Читать книгу Derecho laboral concursal - Alfredo Montoya Melgar - Страница 13

1.5. EL EMPRESARIO DEUDOR EN LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO

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Concluido el concurso y archivadas las actuaciones, por darse alguna de las causas enumeradas en el art. 176 LC, redactado por LRLC14), cesan las limitaciones que pesaban sobre las facultades de administración y disposición del deudor, que las recuperará –salvando lo que pudiera haber establecido la eventual sentencia firme de calificación del concurso y lo previsto en la propia ley– (art. 178.1 LC, redactado por LRLC).

Derecho laboral concursal

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