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8.1. ÓRGANO COMPETENTE

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Ya se indicó antes que el recurso de reposición se resuelve por el órgano que dictó el acto recurrido, y que tratándose de actos dictados por delegación, y salvo que en ella se diga otra cosa, el recurso se resuelve por el órgano delegado; añadiéndose en el apartado 2 del art. 225 de la LGT que el órgano encargado de resolver no puede abstenerse, sin que pueda alegar duda racional o deficiencia de los preceptos legales.

Reclamaciones económico-administrativas

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