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9.9. RESOLUCIÓN DE ESTE RECURSO

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El recurso de reposición será resuelto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su presentación, con excepción de los supuestos en los que existiesen otros interesados distintos del recurrente, o del que se acaba de exponer en líneas anteriores de extensión de la revisión por parte del órgano competente, casos en los que el plazo de un mes para la resolución se computará desde el día siguiente al que se formulen las alegaciones o se dejen transcurrir los plazos señalados.

Tal como indica el art. 14.2.l) del TRLRHL, si la resolución no recae en plazo el recurso se entiende desestimado, lo que no exime de la obligación de resolver expresamente el mismo, circunstancia ésta a la que, en términos generales, se refiere el art. 88.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La resolución expresa de este recurso de reposición debe siempre producirse, según el art. 14.2.m) del TRLRHL, de forma escrita y motivada, con sucinta referencia a los hechos y a las alegaciones del recurrente, y expresándose de forma clara las razones por las que se confirma o revoca total o parcialmente el acto impugnado, tras de lo cual la resolución debe notificarse al recurrente y a los demás interesados, si los hubiera, en el plazo máximo de diez días desde que aquélla se produzca, tal como ordena el art. 14.2.n) de referido TRLRHL.

Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de nuevo este recurso, pudiendo los interesados acudir directamente al recurso contencioso-administrativo, todo ello a salvo de los supuestos, a los que ya antes aludí, en los que la normativa prevé la interposición de reclamaciones económico-administrativas contra los actos dictados en vía de gestión de los tributos locales, tal y como se pone de relieve en el art. 14.2.ñ) del TRLRHL.

Formularios ✓ Véanse los formularios 1 a 25.

Procedimiento del recurso obligatorio de reposición en la esfera local

Reclamaciones económico-administrativas

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