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I. Introducción: el sector eléctrico como sistema

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Este libro trata sobre el régimen jurídico del sector eléctrico, esto es, del conjunto de actividades que van desde la generación de energía eléctrica hasta el suministro al consumidor, doméstico o industrial. En las normas reguladoras, a este conjunto de actividades, de sujetos y de relaciones entre ellos que conducen al suministro se le denomina con frecuencia “sistema eléctrico”. Así, por ejemplo, la Ley 49/1984, de 26 de diciembre1, y la Ley 40/1994, de 30 de diciembre2, hacían referencia al “sistema” eléctrico en sus rúbricas. Las de 19973 y 20134 se denominan, en cambio, de la misma manera: Ley del Sector Eléctrico. No obstante, en ambas la denominación de “sistema eléctrico” sigue muy presente. El título III de la Ley vigente –la de 2013– habla de «sostenibilidad económica y financiera del sistema eléctrico», y su título V «Gestión económica y técnica del sistema eléctrico»; es indicativo que son estos dos títulos los que contemplan de una manera más holística el conjunto de actividades que integran dicho sistema, el primero desde la perspectiva económica y el segundo desde la gestión.

Es importante subrayar la idea de “sistema”. El uso de esta expresión no es casual, sino que responde a una realidad y la mejor manera de mostrarlo es su contraste con lo que sucedía en los orígenes del servicio, cuando, como se verá en un punto posterior de este capítulo, no había un sistema, sino varios sistemas aislados, que prestaban servicio en zonas geográficas a través de monopolios verticalmente integrados, que desempeñaban la actividad desde la generación hasta la distribución. Hoy, sin embargo, este conjunto de actividades sí que forma un sistema, esto es, una unidad.

El objeto de este capítulo consiste en esbozar el sistema eléctrico desde una perspectiva global, que permita luego, en cada uno de los capítulos, tratar aspectos generales de este sistema –el régimen jurídico, el económico– y cada una de las actividades y sujetos que las desempeñan. Pero, además de ello, es importante establecer desde este momento la importancia de esta perspectiva sistémica, esto es, de la consideración del sector eléctrico como sistema, pues, como veremos ulteriormente, sólo desde este punto de vista global es posible explicar satisfactoriamente cada uno de los aspectos del régimen. De otra manera, esto es, desde perspectivas particulares, no se podrá llegar a comprender toda la complejidad del sistema, a plantear adecuadamente los problemas ni, por consiguiente, a dar una solución adecuada a estas cuestiones.

Para examinar estas cuestiones, haremos en primer lugar un análisis histórico que ilustrará las tendencias que convergen para llegar a la configuración del sistema eléctrico que tenemos hoy en día (apartado II). Después, estudiaremos la configuración general del sistema en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, tratando de esbozar un mapa general que permita situar cada actividad e incluso cada aspecto de la regulación en un lugar adecuado dentro de dicho sistema (apartado III). Por último, haremos referencia a las implicaciones que tiene la consideración de todo este conjunto de actividades y sujetos que convergen en la prestación del servicio como sistema (apartado IV).

Regulación del sistema eléctrico

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