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5. Transversalidad de la perspectiva de género

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La transversalidad de la perspectiva de género se traduce en gerder mainstreaming. La Real Academia Española define transversal como aquella que se halla o se extiende atravesado de un lado a otro, o que se cruza en dirección perpendicular con aquello de que se trata. El origen del término mainstreaming no tuvo vinculación con el concepto de género, se comenzó a utilizar en los años ochenta en Gran Bretaña cuando representantes de las políticas medioambientales observaron la necesidad de ampliar el grado de concienciación y sensibilización en esta materia, tanto en el ámbito institucional como social, iniciando un proceso de incorporación de sensibilidad medioambiental que dio paso a la aparición del concepto de mainstream. Posteriormente, aparece en Beijing en la Conferencia Mundial sobre la Mujer de 1995 como tránsito de la igualdad meramente formal a la igualdad de oportunidades, de cara a la consecución de igualdad real entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida social. Por ello, los gobiernos se han comprometido a integrar la perspectiva de género en las legislaciones, políticas, programas y proyectos públicos.

Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer

«Por la presente nos comprometemos en calidad de gobiernos a aplicar la siguiente Plataforma de Acción y a garantizar que todas nuestras políticas y programas reflejen una perspectiva de género. Instamos al sistema de las Naciones Unidas, a las instituciones financieras regionales e internacionales y a las demás instituciones regionales e internacionales pertinentes, a todas las mujeres y todos los hombres, así como a las organizaciones no gubernamentales, con pleno respeto de su autonomía, y a todos los sectores de la sociedad civil a que, en cooperación con los gobiernos, se comprometan plenamente y contribuyan a la aplicación de esta Plataforma de Acción».

El Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, en 1997, define el concepto de la transversalidad de la perspectiva de género en los siguientes términos: «Transversalizar la perspectiva de género es el proceso de valorar las implicaciones que tiene para los hombres y para las mujeres cualquier acción que se planifique, ya se trate de legislación, políticas o programas, en todas las áreas y en todos los niveles. Es una estrategia para conseguir que las preocupaciones y experiencias de las mujeres, al igual que las de los hombres, sean parte integrante en la elaboración, puesta en marcha, control y evaluación de las políticas y de los programas en todas las esferas políticas, económicas y sociales, de manera que las mujeres y los hombres puedan beneficiarse de ellos igualmente y no se perpetúe la desigualdad. El objetivo final de la integración es conseguir la igualdad de los géneros».

Comisión Europea (1996): «Integrar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el conjunto de las políticas y acciones comunitarias», COM (1996) 67 final

«La transversalidad de género implica no limitar los esfuerzos de promoción de la igualdad a la adopción de medidas específicas a favor de las mujeres, sino movilizar todas las medidas y políticas generales específicas con el propósito de lograr la igualdad, teniendo en cuenta de forma activa y abierta en la etapa planificadora sus posibles efectos respecto a las situaciones respectivas de hombres y mujeres (la perspectiva de género). Ello supone estudiar de forma sistemática la dimensión de la igualdad en todas las medidas y políticas y tener en cuenta esos posibles efectos al definirlas y aplicarlas».

El artículo 15 de la LOIMH señala que el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres informará, con carácter transversal, la actuación de todos los poderes públicos. A tal efecto, las Administraciones públicas lo integrarán, de manera activa, en la adopción y ejecución de sus disposiciones normativas, en la definición y presupuestación de políticas públicas en todos los ámbitos y en el desarrollo del conjunto de todas sus actividades. De su lectura se desprende que la transversalidad de género supone la incorporación de la perspectiva de género en todas las facetas de la vida social, política, cultural y económica del país.

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