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1. PRINCIPIOS BAJO LOS CUALES SE HAN DE IMPONER LAS CONDICIONES

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La nota esencial que caracteriza a los compromisos presentados en las operaciones de concentración es su voluntariedad. Así, las empresas implicadas en una operación de concentración no están obligadas a aceptar las condiciones requeridas por la Comisión Europea para la aprobación de ésta. Sin embargo, la falta de cumplimiento con los requerimientos demandados por la autoridad de competencia derivará en que, a juicio de ésta, la operación no resuelva los problemas de competencia que pudieran generarse y que, en consecuencia, no se apruebe la operación. En este caso la operación no podrá ser legalmente ejecutada.

Los compromisos que se planteen para superar las dudas sobre la compatibilidad de la operación con el funcionamiento competitivo del mercado han de ser proporcionales al problema de competencia planteado, así como adecuados para eliminarlos por completo10. De ahí deriva la necesidad de que las medidas sean suficientes para superar la problemática que la operación pueda suscitar. Al mismo tiempo, las medidas tienen que ser proporcionadas, en el sentido de que han de conseguir mantener la situación de competencia existente antes de que la operación tenga lugar. El requisito de la proporcionalidad, contrario sensu, implica que la autoridad no podrá utilizar éstos para mejorar la situación de competencia con respecto a la existente antes de la concentración. En particular, la autoridad de competencia no podrá condicionar la aprobación de la operación a la implementación de medidas excesivamente gravosas o aprovechar la oportunidad de esta operación para mejorar las condiciones de competencia del mercado11.

Normalmente, se preferirán los compromisos que impliquen medidas estructurales sobre los de comportamiento, en tanto que los primeros producen más fácilmente un efecto de apertura del mercado a la competencia, derribando las posibles barreras de entrada que la operación pudiera construir o fortalecer.

La aplicación del Derecho de la Competencia en la Economía de los Datos

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