Читать книгу La moderna cofiguración del la cláusula "rebus sic stantibus" - Francisco Javier Orduño Moreno - Страница 21

6. REGULACIÓN EN PAÍSES IBEROAMERICANOS

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La consagración de la teoría de la excesiva onerosidad en el Código Civil italiano de 1942, la divulgación de la doctrina que esta novedad legislativa generó, pero sobre todo las crisis monetarias que afectaron a las economías de algunos países iberoamericanos a partir de la segunda mitad del siglo XX han provocado que en muchos países se haya introducido en el Código civil una norma referida a la excesiva onerosidad sobrevenida, como en el de Guatemala reformado en 1963, en el de Argentina reformado en 1964, en el de Bolivia reformado en 1976, en el de Paraguay reformado en 1987, en el de Cuba reformado en 1987 y en el de Perú reformado en 1984; por último, el de Brasil reformado en 2002.

La moderna cofiguración del la cláusula

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