Читать книгу Derecho financiero y tributario - Francisco M. Carrasco González - Страница 31
1. INTRODUCCIÓN
ОглавлениеDentro del Capítulo II del Título I, relativo a los «Derechos y Libertades de los Españoles», se encuentra el artículo 31, cuyo texto es el siguiente:
«1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.
3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la Ley».
En los tres apartados de este fundamental precepto se condensan los principios o criterios materiales sobre el reparto de la carga tributaria (principios de capacidad económica, de generalidad, de igualdad, de progresividad, de no confiscación), junto a los principios de justicia material del gasto público y, finalmente, la norma básica sobre la producción normativa en materia tributaria (principio de legalidad tributaria). Cualquier violación de tales principios podrá motivar la interposición de un recurso o cuestión de inconstitucionalidad.
Aparte de ello, dentro de la Parte Orgánica de la Constitución, encontramos normas sobre la distribución territorial del poder de establecimiento de tributos o poder tributario, que serán igualmente objeto de examen en el presente Capítulo.
Tenemos aún otros principios y normas de alcance singular, que afectan básicamente al sistema de fuentes, y que serán examinados al estudiar las correspondientes instituciones.