Читать книгу Jurisprudencia constitucional y medio ambiente - Germán Valencia Martín - Страница 43
5. APUNTE BIBLIOGRÁFICO6)
ОглавлениеLas cuestiones abordadas por las STC 247/2007 y 31/2010, en relación con los derechos estatutarios, han sido lógicamente objeto de un amplísimo tratamiento doctrinal. Baste, sin ánimo alguno de exhaustividad, una referencia a los siguientes trabajos, ordenados cronológicamente:
Fernández Farreres, G., ¿Hacia una nueva doctrina constitucional del estado autonómico? (comentario a la STC 247/2007, de 12 de diciembre, sobre el estatuto de autonomía de la Comunidad Valenciana), Thomson Civitas, Cizur Menor, 2008.
Tornos Mas, J., «La Sentencia del Tribunal Constitucional 247/2007 y el sistema constitucional de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas», Revista d'estudis autonòmics i federals, núm. 7, 2008.
Cabellos Espiérrez, M. A., «La relación derechos-Estado autonómico en la Sentencia sobre el Estatuto valenciano», Revista d'estudis autonòmics i federals, núm. 7, 2008.
Guillén Carrau, J. y Visiedo Mazón, F. J., «El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana ante el TC», Repertorio Aranzadi del Tribunal Constitucional, núm. 4/2008.
Canosa Usera, R., «Preparando una mutación constitucional. Comentario a la STC 247/2007, de 13 de diciembre», Teoría y Realidad Constitucional, núm. 22, 2008.
Cámara Villar, G., «Los derechos estatutarios no han sido tomados en serio (a propósito de la STC 247/2007, de 12 de diciembre, sobre el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana)», Revista Española de Derecho Constitucional, núm. 85, 2009.
Castellá Andreu, J. M., «Derechos en la STC 31/2010: ¿rectificación o depuración de la doctrina del Tribunal constitucional en la Sentencia 247/2007», Revista Europea de Derechos fundamentales, núm. 16/2, 2010.
Enériz Olaechea, F. J., «El alcance de los derechos estatutarios: la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña», Revista Aranzadi Doctrinal, núm. 7/2010.
Barceló i Serramalera, M., «Los efectos de la Sentencia 31/2010 en el catálogo de derechos, deberes y principios del Estatuto de Autonomía de Cataluña: una desactivación más aparente que real», Revista d'estudis autonòmics i federals, núm. 12, 2011.
Carrillo, M., «Los derechos estatutarios y sus garantías en la Sentencia 31/2010, de 28 de junio, sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña», Revista Española de Derecho Constitucional, núm. 92, 2011.
Morcillo Moreno, J., «La devaluación de los derechos estatutarios y sus garantías», Revista de Administración pública, núm. 188, 2012.
También la jurisprudencia constitucional sobre la dimensión ambiental de ciertos derechos fundamentales y, por lo que aquí más importa, la STC 150/2011, ha merecido una amplia atención doctrinal. Basten igualmente las referencias siguientes (que incluye alguna anterior a dicha Sentencia):
Bouazza Ariño, O., «Tribunal Europeo de Derechos Humanos: nuevos avances en la protección ambiental derivada del derecho a la inviolabilidad domiciliaria», en: López Ramón, F. (Coord.), Observatorio de Políticas Ambientales 2010, Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor, 2010.
Bermúdez Palomar, V., «El proceso de subjetivización del derecho a disfrutar un medio ambiente adecuado en el artículo 45 de la Constitución española», Revista de Derecho urbanístico y medio ambiente, núm. 265, 2011.
Simón Yarza, F., Medio ambiente y derechos fundamentales, Tribunal Constitucional/Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2012.
Matia Portilla, F. J., «¿Hay un derecho fundamental al silencio? Sobre los límites del artículo 10.2 CE», Revista Española de Derecho Constitucional, núm. 94, 2012.
Pérez Sola, N., «El ruido y la integridad real y efectiva de los derechos fundamentales (reflexiones a propósito de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional)», Revista española de Derecho administrativo, núm. 156, 2012.
Sevilla Gaitán, A. F., «Breve acercamiento al "ámbito jurídicamente protegido" por el derecho fundamental a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado en Costa Rica», Revista Aranzadi de Derecho ambiental, núm. 25, 2013.
Casino Rubio, M., «La responsabilidad civil como forma inesperada de tutela de los derechos fundamentales (más ruido sobre el ruido y su control constitucional)», Revista Española de Derecho Constitucional, núm. 102, 2014
Alonso García, M. C., La protección de la dimensión subjetiva del derecho al medio ambiente, Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor, 2015.
Alonso García, M. C., «La doctrina del Tribunal Constitucional sobre el alcance del ruido como atentado a determinados derechos fundamentales», Revista española de Derecho administrativo, núm. 174, 2015.
Trabajo incluido en «Jurisprudencia ambiental del Tribunal Constitucional», en: F. López Ramón (Coord.), Observatorio de Políticas Ambientales 2008, Thomson Aranzadi, Cizur Menor, 2008, pp. 134 y ss.
Trabajo incluido en «Jurisprudencia constitucional: sobre las implicaciones ambientales de las Sentencias del Estatut, y las decisiones cautelares en los casos del Cabanyal y el Parany », en: F. López Ramón (Coord.), Observatorio de Políticas Ambientales 2011, Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor, 2011, pp. 202 y ss.
Vid., infra, el capítulo XI de esta obra.
Vid., infra, los capítulos XI y XII.
Trabajo incluido en «Jurisprudencia constitucional: agua, ruido y cautelares», en: F. López Ramón (Coord.), Observatorio de Políticas Ambientales 2012, Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor, 2012, pp. 205 y ss.
(Nota general sobre los apuntes bibliográficos): Ninguno de los apuntes bibliográficos que acompañan a los distintos capítulos, tampoco el presente, pretende ser exhaustivo. Se trata únicamente de ofrecer al lector algunas referencias doctrinales sobre las resoluciones del Tribunal Constitucional tratadas en cada uno de ellos, que por ser en su mayoría coetáneas o posteriores a la redacción de los textos correspondientes no fueron tenidas en cuenta en su momento. Lógicamente, los puntos de vista de estos distintos trabajos no tienen por qué ser coincidentes con los expuestos en esta obra, ni tampoco entre sí, pero en general me he abstenido de llevar a cabo ninguna ordenación de los mismos con arreglo a este criterio, lo que resultaría una tarea excesivamente ardua y desproporcionada a los fines perseguidos. Pido de antemano disculpas por las omisiones, que sin duda las habrá, de otras aportaciones igualmente valiosas.