Читать книгу Abusividad y transparencia en la contratación predispuesta con consumidores y, también, con autónomos y empresarios (Pymes) - Inmaculada Sánchez Ruiz de Valdivia - Страница 6

II. Cada día son más los autónomos y empresarios que se han animado a recurrir hasta el Tribunal Supremo. ¡Pronto llegarán y se resolverán más recursos!

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Cada día son más los autónomos y empresarios (particularmente, las Pymes) que se han animado a recurrir hasta el Tribunal Supremo. Exponerlos, como pretendo hacer a continuación, servirá como botón de muestra de las miles de reclamaciones pendientes y las que vendrán.

Estos más de cuarenta casos representan, no me cabe duda, la punta del iceberg. Detrás de todos ellos, a través de los cuales los adherentes/prestatarios/contratantes que en la mayoría de los casos suscriben un préstamo que contiene una cláusula suelo y solicitan expulsar alegando que no la conocía en el momento de contratar, representan fielmente gran parte de nuestro tejido empresarial compuesto por autónomos y Pymes. Empresarios y profesionales que han llegado hasta el Tribunal Supremo solicitando que se declare la nulidad del clausulados predispuesto. En la mayoría de los casos, quienes han recurrido son farmacéuticos y taxistas (la gran mayoría). También han recurrido numerosas mercantiles, sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, fiadores e hipotecantes no deudores de provincias como Jaén, Sevilla, Cádiz, Navarra, Álava, Madrid, Cáceres, Pontevedra, Palmas de Gran Canaria, Toledo, Asturias, Galicia, Salamanca, Palencia, Vitoria y Huelva.

Paso, pues, a exponer, por riguroso orden cronológico, las sentencias a favor y en contra de los autónomos y empresarios:

1. Un abogado pide financiación para adquirir un loft para montar su despacho profesional y solicita, sin éxito, que sea expulsada la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme el art. 1300 CC.

STS 246/2014, de 28 de mayo (RJ 2014, 3354)14.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

2. Una mercantil que solicita préstamo para financiar su licencia de taxi solicita, sin éxito, que sea expulsada la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme el art. 1300 CC.

STS 227/2015, de 30 de abril (RJ 2015, 227)15.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

3. Una mercantil que suscribe préstamo para financiar su licencia de taxi y solicita, sin éxito, que se declare la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme el art. 1300 CC.

STS 227/2015, de 30 de abril (RJ 2015, 227).

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

4. Una farmacéutica suscribe un préstamo hipotecario para financiar su local comercial y solicita, sin éxito, que se declare la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme el art. 1300 CC.

STS, Pleno, 367/2016, de 3 de junio de 2016 (RJ 2016, 2550)16.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B). Quedó acreditado que la cláusula suelo fue negociada.

Voto particular: Francisco Javier Orduña Moreno (el control de transparencia debe extenderse a B2B).

5. Una mercantil que solicita préstamo hipotecario para financiar su actividad empresarial solicita, sin éxito, que se declarase la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 16/2017 de 16 de enero (RJ 2017, 17)17.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

6. Un autónomo suscribe un préstamo hipotecario para financiera la adquisición de la compra de un local destinado a oficina y solicitó, sin éxito, que se declarase la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme el art. 1300 CC.

STS, Pleno, 30/2017, de 18 de enero (RJ 123, 2017)18.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

Voto particular: Francisco Javier Orduña Moreno

7. Una mercantil onubense, Garajes Santa Inés, S.L. suscribe un préstamo hipotecario para financiera la adquisición de la compra de un local destinado a oficina y solicitó, sin éxito, que se declarase la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme el art. 1300 CC.

STS 57/2017, de 25 de enero (RJ 2017, 328)19.

Sentencia favorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

8. Una mercantil, Excavaciones Díaz Nicolás, S.L., como prestataria y dos hipotecantes no deudores, (avalistas) solicita, con éxito, la expulsión de la cláusula suelo cuando es demandada por la financiera en procedimiento de ejecución hipotecaria.

STC 75/2017 de 19 de junio (BOE núm. 171, de 19 de julio de 2017)20.

Sentencia favorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

9. Una mercantil jienense, Naquer, S.A., suscribió un préstamo hipotecario con la finalidad de financiar su local comercial, solicitó, sin éxito, que se declarase la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 41/2017 de 20 de enero del Supremo (RJ 2017, 41)21.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

10. Una mercantil onubense, Garajes Santa Inés, S.L., suscribió un préstamo para financiar su local comercial y solicitó, sin éxito, que se declare la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme el art. 1300 CC.

STS 57/2017, 30 de enero de 2017 (RJ 2017, 328)22.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

11. Una mercantil Garajes Santa Inés, S.L., Onubense, suscribió un préstamo hipotecario para financiar la compra de un local comercial y solicitó, con éxito, expulsar la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 36/2018, de 24 de enero (RJ 2018, 36)23

Sentencia favorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

12. Un matrimonio de peluqueros navarros suscribió un préstamo hipotecario para financiar la compra de un local comercial para la instalación de un negocio de peluquería y solicitaron, con éxito, expulsar la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 57/2019, de 25 de enero (RJ 2019, 137)24.

Sentencia favorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

13. Una mercantil gallega suscribió un préstamo hipotecario para financiar su local comercial y solicitó, sin éxito, la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 314/2018, de 28 de mayo (RJ 2018, 2281)25.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

14. Un taxista asturiano suscribió un préstamo para financiar su licencia de taxi y solicitó, sin éxito, que se declarase la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades conforme al art. 1300 CC.

STS 414/2018, de 3 de julio (RJ 2018, 414)26.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

15. Una mercantil sevillana, Gestión Seyco Andaluza de Inmuebles S.L., que se subrogó en la escritura de novación de un préstamo hipotecario y solicitó, con éxito, con éxito, expulsar la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 415/2018, de 3 de julio (RJ 2018, 2789)27.

Sentencia favorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

16. Una mercantil pontevedrés suscribió un préstamo para financiar su local comercial y solicita, sin éxito, que se declarase la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado por contravenir el principio de buena fe contractual (ex art. 1258 CC).

STS 536/2018, de 28 de septiembre (RJ 2018, 536)28.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula de vencimiento anticipado en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

17. Una farmacéutica suscribió un contrato de préstamo con garantía hipotecaria, con un tipo de interés variable, con la finalidad de financiar la compra de un local para la instalación de una oficina de farmacia y solicitó, sin éxito, que se le declare la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 153/2019, de 13 de marzo (RJ 2019, 752)29.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

18. Una sociedad de capital que suscribió un préstamo hipotecario para financiar su empresa y solicitó, sin éxito, expulsar la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC porque se le atribuyó la condición de no consumidor.

STS 307/2019, de 3 de junio (RJ 2019, 307)30.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

19. Un mecánico madrileño suscribe un préstamo hipotecario para financiar el local comercial y solicitó, con éxito, que se le declarase la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 314/2019, de 10 de octubre (RJ 2019, 3140)31.

Sentencia favorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

20. Una mercantil toledana, Piñuela Arquitecto, S.L. y otros, suscribe un préstamo hipotecario para financiar el local comercial y solicitó, con éxito, que se le declarase la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 551/2019, de 18 de octubre (RJ 2019, 4102)32.

Sentencia favorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

21. Un matrimonio de taxistas riojanos (Logroño) suscribió un préstamo para financiar su licencia de taxi y solicitó, sin éxito, expulsar la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 647/2019, de 28 de noviembre (RJ 2019, 64)33.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

22. Un matrimonio taxista suscribió un préstamo hipotecario y un préstamo personal para financiar su licencia de taxi y solicitaron, sin éxito, expulsar la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 23/2020, de 15 de enero (RJ 2020, 653)34.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

23. Un matrimonio de taxista madrileño suscribió un préstamo para financiar su licencia de taxi y solicita, sin éxito, expulsar la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 23/2020, de 20 de enero (RJ 2020, 66)35.

Sentencia desfavorable a la contratación predispuesta entre empresarios (B2B).

24. Un matrimonio empresario alavés suscribió como prestatarios una escritura de préstamo con garantía hipotecaria y solicitaron, sin éxito, que se declarase de la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 24/2020, de 20 de enero (RJ 2020, 815)36.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

25. Un empresario alavés suscribe un préstamo con garantía hipotecaria solicitó, sin éxito, que se declarase de la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 25/2020, de 20 de enero (RJ 2020, 656)37.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

26. Una empresa de trasportes y grúas alavense, suscribió escritura de préstamo con garantía hipotecaria para garantizar su local comercial solicitó, sin éxito, que se declarase de la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 26/2020, de 20 de enero (RJ 2020, 819)38.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

27. Una mercantil alavense y sus fiadores, suscribió un préstamo para garantizar su local comercial y solicitaron, sin éxito, que se declare la nulidad de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 80/2020, de 4 de febrero de 2020 (RJ núm. Recurso. 2378/2017)39. Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

28. Una mercantil palense, Fuerte limpieza S.L., suscribió un contrato de préstamo hipotecario para compraventa del local de negocio y solicitó, sin éxito, la expulsión de la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades indebidamente cobradas (ex at. 1300 CC).

STS 131/2020, de 27 de febrero (RJ 866, 2021)40.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

29. Un matrimonio de taxistas madrileños suscribió un préstamo para financiar su licencia de taxi y solicitó, sin éxito, expulsar la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 168/2020, de 11 de marzo (RJ 2020, 944)41.

Sentencia favorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

30. Una mercantil y dos personas físicas como fiadores e hipotecantes suscribió un préstamo y solicitó, sin éxito, expulsar la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 204/2020, de 38 de mayo (RJ 2020, 204)42.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

31. Una mercantil alavense, “Carnicería Charcutería”, suscribió un préstamo hipotecario para financiar su actividad profesional y solicitó, sin éxito, expulsar la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 296/2020, de 12 de junio (RJ 2020, 2034)43.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

32. Un matrimonio empresario vitoriano suscribió un préstamo con garantía hipotecaria para financiar la adquisición de su coche y licencia de taxi y solicitó, sin éxito, expulsar la cláusula suelo con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 391/2020, de 1 de julio (2020, 391)44.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

33. El Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España promovió la construcción del nuevo edificio en Madrid, en calle Alcalá núm. 540, destinado a ser la sede de los registros de Madrid. El Colegio de Registradores tenía una sociedad instrumental, Inversiones Inmobiliarias que es la entidad que realizó la promoción y recabó la financiación necesaria. Para afrontar esta operación inmobiliaria, solicitó tres préstamos en los que existía una cláusula relativa al interés variable (cláusula suelo) y solicitó, sin éxito, expulsar la cláusula suelo y la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 413/2020, de 9 de julio (RJ 2020, 2247)45.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

34. Mecánico cacereño que solicita un préstamo hipotecario para abrir taller y solicita, con éxito, expulsar la cláusula suelo de su contrato.

STS 533/2020, de 10 de octubre (RJ 2020, 4140)46.

Sentencia favorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

35. Una mercantil que solicita un préstamos para financiar su actividad comercial y solicita, sin éxito, expulsar la cláusula suelo de su contrato y la consiguiente devolución de las cantidades indebidamente pagadas (ex art. 1300 CC).

STS 534/2020, de 15 de octubre (RJ 2020, 534)47.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

36. Una mercantil, Musa Olesa S.L. suscribió una póliza para la negociación de documentos y otras operaciones bancarias. En la operación intervinieron como tres fiadores solidarios que eran los administradores de la compañía y socios al 50% y sus cónyuges quienes solicitaron, sin éxito, la declaración de nulidad de la cláusula suelo y la consiguiente devolución de las cantidades indebidamente pagadas, ex art. 1300 CC.

STS 3631/2020, de 12 de noviembre (RJ 2020, 296)48.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

37. Un matrimonio gaditano y sus dos hijos formalizaron un contrato de compraventa […] por el que adquirían el negocio de farmacia y óptica con denominación comercial “Óptica y Farmacia Erasum” se subrogaron en el préstamo hipotecario y solicitaron, con éxito, que se declare la nulidad de la cláusula suelo y la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 130/2021, de 9 de marzo (RJ 2021, 1099)49.

Sentencia favorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

38. Una traductora que suscribió un préstamo hipotecario con el fin de montar un futuro negocio de hostelería y solicitó, sin éxito, expulsar la cláusula suelo. A juicio del Tribunal Supremo, aunque el destino del préstamo era para financiar una actividad profesional futura y distinta a la que se dedicaba la traductora (montar una hostelería) el préstamo lo solicitó para satisfacer necesidades distintas a las de consumo.

STS 230/2019, de 11 de abril 2019 (Rec. 3649/2016)50

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

39. Una mercantil y los fiadores suscribieron un préstamo con la finalidad de financiar la adquisición por la prestataria de unas participaciones de una cooperativa en la que desempeñar su actividad profesional y solicitaron, sin éxito, que se declarase la nulidad por abusiva de la indicada cláusula de limitación de la variabilidad del tipo de interés.

STS 213/2021, de 19 de abril (RJ 2021, 1823)51.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

40. Un matrimonio gaditano suscribió un contrato de préstamo con garantía hipotecaria para financiar su licencia de taxi, y solicitaron, sin éxito, que se declarase la nulidad de la cláusula suelo y la consiguiente devolución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula suelo, conforme al art. 1300 CC.

STS 218/2021, de 20 de abril (RJ 2021, 794)52.

Sentencia desfavorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B).

41. Un matrimonio alavés, dueño de un pequeño negocio dedicado a la zapatería, que suscribió un contrato de préstamo con garantía hipotecaria con la intención de acondicionar el local para que sirviese de almacenamiento a su negocio, solicitó, con éxito, que se declarase la nulidad de la cláusula suelo que fue expulsada de su contrato con la consiguiente devolución de las cantidades indebidamente.

Auto del Tribunal Supremo de 16 de junio de 2021 (JUR 2021, 204028)53.

Auto favorable a expulsar la cláusula suelo en un contrato predispuesto entre empresarios (B2B). La Sala confirma que la entidad financiera introdujo en el préstamo, de forma sorpresiva, una cláusula no negociada, que no informó a los clientes sobre la existencia de la misma y que actuó bajo una posición dominante y de mala fe tras estimar la infracción de los arts. 1256, 1258 del CC y 57 del CCom.

A la vista de este listado de reclamaciones planteadas por profesionales, autónomos y empresarios, que han llegado hasta el Tribunal Supremo pidiendo que se expulse la cláusula suelo de sus préstamos hipotecarios (o subrogados) con la consiguiente devolución de las cantidades pagadas conforme el art. 1300 CC, probablemente lo primero que llama la atención es la cantidad de fallos desfavorables a la pretensión de los autónomos y empresarios. En dos ocasiones, han sido desestimadas las pretensiones de una farmacéutica y una mercantil con carácter plenario, en 2016 y 2017 y del resto de estos más de cuarenta casos, en tan sólo nueve ocasiones se les ha dado la razón expulsando la cláusula suelo de sus contratos. De entre todos ellos, tan sólo en un supuesto se pedía expulsar la cláusula de vencimiento anticipado. En el resto de las ocasiones, la cláusula litigiosa era la cláusula suelo.

Es muy probable que si los reclamantes hubieran sido consumidores el porcentaje de sentencias favorables y desfavorables hubiera sido justamente el inverso. Pero, lo verdaderamente importante de este listado de casos reales que me propongo estudiar es que me permitirá hallar las líneas jurisprudenciales sostenidas por el Tribunal Supremo lo que dará las pistas adecuadas a futuros reclamantes y a sus despachos de abogados para fundamentar con garantías de existo su reclamación. Y es que, en breve, estoy segura, serán resueltos muchísimos más. Aún más si el Tribunal Supremo continúa abanderando la línea jurisprudencia (que más adelante llamaré tercera) que está emergiendo recientemente, no me cabe duda: cada día serán más autónomos y empresas las que estén dispuestas a recurrir. Se repetiría, pues, lo sucedido, en su día, con los consumidores pero ahora con los empresarios. Con una importante diferencia: que los autónomos y empresarios llevan recorriendo un durísimo camino desde 2013 hasta 2018 (fecha en la que por vez primera se le da la razón en base a esta doctrina jurisprudencial que, anuncio, es favorable para ellos).

El revuelo mediático que suscitaron algunas de las sentencias favorables a autónomos y empresarios, en concreto la STS 168/2020, de 11 de marzo (RJ 2020, 944), relativa a un taxista madrileño a quien se le dio la razón, y no entiendo por qué no lo causó también la anterior: la STS 57/2019, de 25 de enero (RJ 2019, 137) relativa a un matrimonio de peluqueros navarros a quienes se les dio la razón está alineando a los despachos de abogados ofreciendo sus servicios jurídicos a estos “nuevos clientes potenciales” con posibilidades de éxito. El hecho de que el Tribunal Supremo haya concedido ya en nueve ocasiones la expulsión de la cláusula suelo de autónomos y Pymes está revolucionando no sólo a la sociedad sino, también, a la doctrina y a los propios magistrados del Tribunal Supremo que se habían mostrado, hasta el momento más reacios e insensibles a declarar la abusividad de los empresarios y que, recientemente, están emitiendo fallos en sentido positivo. No es de extrañar, por tanto, que después de estos nueve fallos judiciales favorables y, creo (y confío no equivocarme) que próximamente serán muchísimos más; es muy probablemente que quienes se pensaron, en su día, no reclamar, se animen a hacerlo.

El Tribunal Supremo está sensible en dar respuestas satisfactorias a los autónomos y empresarios pero no a toda costa. Tal y como esperaba que sucediera, por fin, la Sala Primera del Tribunal Supremo parece dispuesta a abanderar una doctrina jurisprudencial (cada día más consolidada) según la cual, también, las Pymes y los autónomos (las empresas y profesionales) pueden expulsar del clausulado predispuesto la cláusula suelo. Han comenzado por reclamar la cláusula suelo pero es muy probable que, también, se animen a reclamar el resto de cláusulas abusivas tal y como hicieron, hace años atrás, los consumidores (cláusula de gastos, IRPH, acuerdos novatorios, etc.). De hecho, cada día son más las reclamaciones que llegan al Tribunal Supremo de, adherentes-no consumidores, autónomos y Pymes (profesionales y empresas). Con el argumento legal de que la cláusula no superó el control incorporación entendido (según reciente doctrina jurisprudencial) como un control de “congnoscibilidad real” han logrado expulsar la cláusula suelo de sus contratos predispuestos y obtener la devolución de las cantidades indebidamente cobradas por dicho concepto (ex art. 1300 CC) de entre un total de cuarenta y un casos analizados, ocho, hasta el momento: (1) en 2018, una mercantil sevillana [STS 415/2018, de 3 de julio (RJ 2018, 2789)], (2) en 2019, un matrimonio de peluqueros navarros, [STS 57/2019, de 25 de enero (RJ 2019, 137), un mecánico madrileño STS 314/2019, de 10 de octubre (RJ 2019, 3140) en 2019] y una mercantil toledana [STS 551/2019, de 18 de octubre (RJ 2019, 4102)], (3) en 2020 una mercantil palense [STS 131/2020, de 27 de febrero (RJ 2020, 611)], un matrimonio de taxistas madrileño [STS 168/2020, de 11 de marzo (RJ 2020, 944)] y un mecánico-taller cacereño [STS 533/2020, de 10 de octubre (RJ 2020, 4140)], (4) en 2021, a la fecha del cierre de la revisión de pruebas de esta investigación, una farmacéutica-óptica gaditana que se subrogó en un préstamo hipotecario [STS 130/2021, de 9 de marzo (RJ 2021, 1099)] y (5) los dueños de una zapatería (ATS de 16 junio de 2021).

Hasta la fecha, son ya nueve los fallos favorables de entre los más de cuarenta y un casos analizados en esta investigación, pero estoy convencida de que, próximamente, verán la luz numerosas sentencias más. Tras (re)conocer el acierto de que el Tribunal Supremo se (pre)ocupe de zanjar la abusividad padecida por los autónomos y empresarios, la autora se propone identificar la nuevas líneas jurisprudenciales que se están consolidando a través de las sentencias “favorables” y “desfavorables” a autónomos y empresarios.

Probablemente, el Tribunal Supremo es consciente de que la jurisprudencia menor también sigue inmersa en este debate, tal y como lo evidencian las sentencias a favor de considerar que pueden algunos autónomos y empresario (y fiadores) alegar la abusividad de la cláusula [SAP de Pontevedra, Sección 1.ª, de 31 de marzo de 2016 (RJ SAP PO 493/2016)54, y SAP Las Palmas de Mallorca, Sección 5.ª, de 14 de enero de 2021 (SAP IB 23/2021)55, SAP Coruña (A), Sección 4, de 2 de febrero de 2021 (SAP C 110/2021) y SAP Barcelona, Sección 13.ª, de 26 de febrero de 2021 (RJ AAP B 948/2021)] y de que, sin embargo, otras sentencias se muestran contrarias a ello por estimar que los recurrentes no gozaban de la cualidad de consumidores [SAP Córdoba, Sección 1.ª, de 26 de junio de 2020 (RJ AAP CO 170/2015)56, SAP de Cádiz, de 23 de octubre de 2020 (RJ SAP CA 1344/2020)57, SAP de Zaragoza, de 4 de diciembre de 2020 (RJ AAP Z 1744/2020)58, SAP Salamanca, Sección 1.ª, de 1 de febrero de 2021 (RJ SAP SA 88/2021), SAP Barcelona, Sección 14.ª, de 9 de febrero de 2021 (RJ AAP B 461/2021)59 y SAP Barcelona, Sección 12.ª, de 23 de febrero de 2021 (RJ AAP B 8860/2021)60] de considerar que aunque los empresarios no son consumidores merecen también gozar de un control de abusividad y expulsar la cláusula suelo de sus préstamos.

No está dispuesto a admitir que se enmascare la pretensión de nulidad o abusividad a través del control de transparencia. Lo que sí parece estar dispuesto es a interpretar el control de incorporación en tanto en cuanto control de “cognoscibilidad real” para exigir más allá de una mera transparencia formal la expulsión de la cláusula suelo en cuestión (tal y como nos tenía acostumbrados y hace en las líneas jurisprudenciales segunda y tercera) deslindar dicho control del de transparencia. Una opción y decisión acertada teniendo en cuenta que el único recurso, convertido por tanto en recurso estrella, es que los autónomos y empresarios demuestren que no conocieron la cláusula suelo en cuestión. En estas según hay que dar la bienvenida al criterio flexible del Tribunal Supremo dirigido a exigir con rigor que dentro del control de incorporación se den cabida deberes de información precontractual que, para otros magistrados ponente se encuentran anclados en el control de transparencia y no en el de incorporación. Esta es, pues, la auténtica novedad: el acierto de que el Tribunal Supremo demuestre estar dispuesto, por primera vez en 2019 a concebir que dentro de los deberes de información precontractual del empresario se encuentra la normativa sectorial bancaria. Opta, por tanto, por exigir un control de incorporación no meramente gramatical o formal sino un control más exigente. A su juicio, aunque algunos magistrados opinan lo contrario, tales deberes forman parte del control de incorporación y no del de transparencia (tal y como había señalado en alguna sentencia, contradicha por otra posterior). Entiende, pues, que el control de incorporación ha de garantizar una “cognoscibilidad real” que no se logra si el predisponente no cumple con los deberes que le impone dicha normativa sectorial bancaria. Una decisión que, sin duda, es una auténtica novedad lo que justifica que se haya creado una auténtica revolución en el panorama judicial, en donde, por el momento, hay algún fallo judicial contradictorio. Esta línea jurisprudencial que, confío se consolide en sentencias futuras, justifica, el desconcierto de las entidades financieras y la felicidad de quienes creemos que es momento ya de que se les reconozca la abusividad a miles de autónomos y Pymes, también.

Considero un acierto que el Tribunal Supremo se esté (pre)ocupando de deslindar el contenido de los deberes de información precontractual que conforma el “control de incorporación/conocimiento” (recurso estrella para la contratación predispuesta entre empresarios, B2B) del “control de transparencia material/comprensión” (recurso estrella para la contratación predispuesta con consumidores, B2C). También aplaude que algunos magistrados del Tribunal Supremo se muestren dispuestos a interpretar el control de incorporación no como un control meramente formal o gramatical (como sigue haciendo cuando se enmascara el control de transparencia) sino como un control de “cognoscibilidad real”, a través del cual se garantice el verdadero “conocimiento”/”incorporación” por parte del adherente sea o no consumidor (ex art. 5.5. y 7 LCG). Preocupada, además, por el distinto trato que reciben, en la actualidad, los consumidores frente a los empresarios y convencida de que estos últimos representan el 99.9% del tejido empresarial de España propone rescatar la propuesta legislativa (fallida) de impulso a la transparencia para que el legislador eleve a rango legal la transparencia extendiéndola, también, a la contratación predispuesta no sólo con los autónomos (tal y como hizo la LCCI) sino con los empresarios (Pymes). En tanto en cuanto, de lege ferenda, esto no suceda, no duda en darle la bienvenida y aplaudir esta nueva doctrina jurisprudencial que, de lege data, está consolidándose cada día más en favor de los autónomos y empresarios (Pymes).

Abusividad y transparencia en la contratación predispuesta con consumidores y, también, con autónomos y empresarios (Pymes)

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