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EL ESTADO CONFESIONAL

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La reacción política natural del nuevo gobierno chileno fue regirse por el marco jurídico del patronato indiano, del cual se sentía el legítimo heredero. A dicho marco se ciñeron tanto la esfera civil como la eclesiástica, lo que se tradujo en una sociedad oficialmente católica. La calidad de confesional del estado fue proclamada de manera explicitada por un acto unilateral del gobierno de Chile en el artículo 5° de la constitución de 1833. Después, ya en plena construcción de la república, se entró en una fase de tensiones entre una Iglesia que defendía su libertad frente a un Estado que se presentaba como confesional, pero que transitaba hacia la separación de las dos esferas.

El periodo que va desde 1810 a 1840 muestra una continuidad extraordinaria con el modelo hispánico en esta materia. La orientación jurídico-eclesiástica se manifestó en las leyes y decretos dictados por la nueva república para conservar, promover o restablecer la organización eclesiástica. Así, la instalación de párrocos y capellanes983, la organización del cabildo con Cienfuegos en 1817984, y el envío de misioneros al sur no solo fueron determinaciones adoptadas de común acuerdo entre ambas autoridades, sino que el propio gobierno se preocupó de esas materias a través de informes, de la presentación de propuestas o, incluso, aprovechando reclamaciones para poner en marcha o sugerir alguna acción de reforma.

La concepción de los nuevos gobernantes respecto de la Iglesia era, sin duda, la del patronato con una fuerte dosis vicarial, en el sentido de protectores absolutos de ella. Esta visión permitió que se mantuviera la unidad de ambas esferas, la cual se tradujo desde el lado civil en una labor cumplida en unión con la autoridad religiosa.

El análisis de algunos problemas confirma que el proceder del gobierno se rigió por el marco patronal ampliado de tipo vicarial. Conviene examinar la cuestión generada entre el obispo de Santiago, Rodríguez Zorrilla, desterrado ya en la vecina ciudad de Melipilla, y el gobierno, incidente que tiene un perfil claramente galicano985.

En marzo de 1817 el gobierno solicitó al obispo José Santiago Rodríguez Zorrilla que otorgara las facultades espirituales y administrativas para instituir como vicario castrense al presbítero Casimiro Albano Pereira. En agosto respondió el obispo dándole facultades de capellán mayor, y expresando que correspondía al pontífice, “como origen y fuente de la jurisdicción espiritual únicamente crear, instituir y establecer las exenciones de la jurisdicción ordinara castrense en el modo y forma que la obtuvieron los Vicarios Generales de los Ejércitos del Rey de España”, para añadir que las facultades que él podía delegar según diferentes bulas eran las de capellán mayor y capellanes.

En septiembre de 1821 el presbítero Albano le manifestó al gobierno su rechazo a las muy limitadas facultades otorgadas por el obispo, y propuso que se constituyera una junta de teólogo para dirimir el problema. Aprobada la sugerencia se formó una junta con el rector de la Universidad de San Felipe, Dr. José Gregorio Argomedo, el canónigo Dr. José María Argandoña; el abogado Bernardo de Vera; el provincial franciscano Fr. José M. Bazaguchiascúa y el prebendado Joaquín Larraín.

De acuerdo con el informe de la junta, la institución del episcopado era de origen divino y el poder de Pedro era igual al de todos los obispos, y solo el concilio era superior. Como el gobierno era el titular de la soberanía y era independiente de cualquier otra autoridad, no estaba obligado a presentar a Roma una solicitud, pues el obispo de Santiago tenía “en sí los mismos poderes que el de Roma”.

La controversia siguió su curso hasta 1824, cuando ya no gobernaba la diócesis el obispo Rodríguez Zorrilla, y en su lugar, en calidad de vicario general, lo hacía José Ignacio Cienfuegos. El gobierno nuevamente solicitó al vicario que dictaminara sobre la independencia del vicario general castrense y sus capellanes. Este respondió el 19 de diciembre de 1824, que “todo poderío espiritual se halla solamente depositado en los obispos de los cuales el Papa es el centro común y primado de la Iglesia Católica”986.

Con todo, la tendencia hacia una iglesia nacional no prosperó, y el gobierno siguió el curso normal de la unidad, con acentuado e irrestricto respeto a los cánones católicos en las diversas materias de su competencia.

Este comportamiento político de parte del gobierno hacia la Iglesia fue de tal manera uniforme, que ni siquiera se aprecian diferencias cuando la gobernaba un patriota o un realista. Ejemplo de esto fue el proceder seguido en las relaciones con el obispo residencial de Santiago, Rodríguez Zorrilla, realista fidelísimo, quien era consultado por la nueva autoridad cuando deseaba promover una acción eclesial.

Semejante conducta desde el sector civil no solo se mantuvo sino que se acentuó en el decenio de 1830, como se ha visto antes. Sin embargo, tanto el empleo de prácticas patronatistas por el gobierno como los ataques a la Iglesia provenientes de los sectores liberales, indujeron a esta a disponer de un medio escrito que le permitiera defender sus libertades y rebatir a los críticos del catolicismo. El 1 de abril de 1843 y un mes antes de la muerte del obispo Vicuña, ocurrida el 3 de mayo de ese año, apareció La Revista Católica, combativa publicación en la que colaboraron los presbíteros Rafael Valentín Valdivieso, su primer director, José Hipólito Salas, José Manuel Orrego, Eugenio Guzmán y Joaquín Larraín Gandarillas.

Historia de la República de Chile

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