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2. Las aportaciones económicas del trabajador

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La Sentencia del Tribunal Supremo (STS), de 30 junio de 201614, declara nulo el IV Acuerdo laboral de ámbito estatal para el sector de la Hostelería que fijaba aportaciones obligatorias de los trabajadores afectados por el Acuerdo para la financiación de la Fundación Laboral de Hostelería y Turismo al no existir un precepto legal que autorice ese desplazamiento económico individual y obligatorio para todos los trabajadores. En concreto, el artículo 4 de dicho Acuerdo establecía que:

“La financiación de la Fundación Laboral Hostelería v Turismo se nutre de las aportaciones iniciales desembolsadas por las partes firmantes del ALEH, de las aportaciones a cargo de las empresas y de los trabajadores y trabajadoras incluidos en el ámbito de aplicación del ALEH en cuantía del 0,10 por 100 de la base de cotización de contingencias comunes a cargo de la empresa y del 0,10 por 100 de la base de la misma base (sic) de cotización a cargo del trabajador o trabajadora, de conformidad con los vigentes Estatutos; así como de las ayudas públicas de las que pudiera resultar beneficiaria en su caso“.

Para el Tribunal la regulación de las aportaciones de los trabajadores son evidentes detracciones salariales periódicas y concretas a practicar por la empresa que se configura como una obligación de tracto sucesivo para la obtención de un genérico e hipotético beneficio de los fines de la función formulados en abstracto o de modo general sin conocerse de antemano los fines de la misma. Por lo tanto, se trata más bien de un desplazamiento económico obligatorio que carece de consentimiento expreso del trabajador ni fundamento legal, más allá de la regulación convencional, sin que tampoco exista la posibilidad de que el trabajador se niegue a dicho pago. No estamos, pues, ante un descuento salarial sino una aportación económica del trabajador al que se le priva de la capacidad de decidir si va conforme o no.

Crisis económica y empleo: La experiencia judicial aplicativa de las últimas reformas laborales

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