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5. EL DESARROLLO RURAL

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La intervención administrativa en materia agraria incluye variadas manifestaciones que pueden ser empleadas para combatir la despoblación. Ya hemos hecho referencia a los reiterados intentos de promover la transformación del territorio mediante importantes obras públicas –en especial, obras hidráulicas– que desembocan en la formación y reparto de nuevas explotaciones agrarias. Ahora interesa dar cuenta de otras modalidades de intervención administrativa más vinculadas a la promoción de las estructuras empresariales.

La mejora de la eficacia de las explotaciones agrarias es objetivo de variadas medidas de fomento, entre las que destacan las orientadas a su modernización. Distintas modalidades de intervención administrativa se han sucedido a tal fin en la legislación estatal: las explotaciones agrarias ejemplares y calificadas, que recibían una serie de beneficios en recompensa por el esfuerzo desarrollado por los titulares (1952), las explotaciones familiares agrarias, que eran objeto de apoyo para lograr su transformación y mejora (1981), y las explotaciones agrarias prioritarias, cuya modernización se impulsa con variadas actuaciones conforme a los planteamientos europeos (1995).

Particular interés ha de concederse a la agricultura de montaña, que conforma un ámbito de tratamiento preferencial identificado en la Constitución (art. 130.2) y en la política agraria de la Unión Europea. La legislación aprobada en 1982 prevé mecanismos de desarrollo de las zonas de agricultura de montaña y especialmente de las áreas de alta montaña, estableciendo los procedimientos de declaración y de actuación. El instrumento básico son los programas de ordenación y promoción de recursos agrarios de montaña elaborados con participación de las entidades territoriales implicadas y de los particulares interesados, que también se organizan en comités de coordinación encargados de la ejecución de los programas. En ellos se articula un conjunto variado de acciones y medidas de protección ambiental, realización de obras públicas, formación profesional y medidas de fomento de las explotaciones agrarias, el turismo, la industria y la artesanía.

Una notable y más amplia aplicación de estas técnicas la encontramos en la legislación de desarrollo rural sostenible (Ley 45/2007), que trata de organizar la cooperación entre los tres niveles de poder territorial: el estatal, el autonómico y el local. Se establecen fines amplios de mantenimiento y ampliación de la base económica del medio rural, del nivel de población, y del patrimonio natural y cultural. Específicamente, se identifican objetivos de fomento de una actividad económica continuada y diversificada, de dotación de infraestructuras y equipamientos, de acceso a la vivienda y otros. Como instrumento principal de ejecución se prevé un programa nacional aplicable en las zonas rurales prioritarias, que se delimitan en función de su baja densidad poblacional y escasa actividad económica.

Las acciones encaminadas al desarrollo rural sostenible comprenden, por supuesto, el apoyo a la actividad agraria, con particular atención a la formación profesional y a las necesidades de algunos colectivos como mujeres, jóvenes o empresarios individuales. Pero también se incluyen medidas de diversificación económica, de conservación de la naturaleza, de creación y mantenimiento del empleo, de promoción de energías renovables, especialmente de las derivadas de la biomasa, de gestión integral del agua, de incremento de la seguridad ciudadana, de mejora de los servicios públicos sanitarios...

La participación del público en el sistema de desarrollo rural sostenible no parece tan intensa como la que cabe apreciar en otros ámbitos de intervención administrativa como la agricultura de montaña. Así, los programas son formados burocráticamente, estableciéndose medidas de coordinación interadministrativa (Consejo para el Medio Rural) y una participación limitada de los interesados (Mesa de Asociaciones de Desarrollo Rural). No obstante, cabe destacar la figura de los contratos territoriales de zona rural, que han de contener el conjunto de compromisos de desarrollo sostenible suscritos entre las diversas administraciones públicas y los titulares de las explotaciones agrarias.

La idea de los convenios interadministrativos de colaboración, de honda tradición francesa, parece muy adecuada para instrumentar acciones de reequilibrio territorial. Permiten traducir en compromisos financieros y organizativos las potencialidades de diversos actores locales y nacionales, garantizando la utilidad y eficacia de los resultados.

Instrumentos jurídicos para la lucha contra la despoblación rural

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