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2. OTRAS CIRCUNSTANCIAS QUE AFECTAN A LA CAPACIDAD DE OBRAR

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Hasta ahora nos hemos referido al problema de los dementes, la regulación en el Derecho romano y sus consecuencias. Pero junto a este tipo de enfermedad mental, se encuentran otras como pueden ser la vejez, los sordomudos68, los ciegos de los que no encontramos tanta información en las fuentes. De hecho, en las fuentes clásicas la figura del sordomudo no tiene singularidad propia, sino que será en época justinianea cuando se concreten indistintamente las figuras del sordo, mudo o de los sordos, mudos y sordomudos (C.6,22,10,1).

En lo que afecta a la educación y el futuro de estos niños, si nacían en una familia acomodada se les procuraba la mejor educación posible69. Por el contrario, en caso de que el nacimiento se hubiera producido en el seno de una familia pobre, su destino sería la pobreza y la exclusión social.

Pero la sociedad romana iba más allá de los problemas físicos o psíquicos. En una sociedad donde el hombre jugaba un papel trascendental en la familia y en la vida en general, las dolencias físicas o psíquicas implicaban un menoscabo de las personas que las sufrían: no podían mantener a la familia, no eran aptos para desempeñar tareas militares, lo que les impedía, por ejemplo, alcanzar la figura de magistrado, estaban marginados y no suscitaban la solidaridad del pueblo, sino todo lo contrario, el rechazo y la burla ante una cojera o la parálisis.

A ello hay que añadirle el ideal de belleza, el “mito por la perfección corporal e intelectual que estaban presentes en numerosos textos literarios que confirman que esos parámetros estaban presentes en todas las clases sociales antiguas”70.

Estudios jurídicos sobre la eliminación de la violencia ejercida contra la infancia y la adolescencia

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