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3. LAS CAUSAS DE LA REFORMA

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En el marco constitucional descrito se produce –como hemos apuntado en el apartado primero– una amplia regulación que arranca, como se ha dicho, de la Ley de 19929) y encuentra en el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, su desarrollo reglamentario más completo10). El Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, modifica el Real Decreto 2364/1994, de 9-12-1994, que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, para adaptarlo a las modificaciones introducidas en la Ley 23/1992, de 30-7-1992, de Seguridad Privada, por la Ley 25/2009, de 22-12-2009, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Este último aspecto está claramente reflejado en la Memoria de Impacto Normativo de la LSP cuando señala que «... Por ello, aun cuando las actividades y servicios de seguridad privada están amparadas por la libertad de empresa, de establecimiento y de prestación de servicios en el marco de la economía de mercado, también afectan a los derechos fundamentales de las personas y a la restricción de sus libertades, pudiendo conllevar la comisión de conductas punibles o el menoscabo hacia las mismas, motivos por los que tales actividades y servicios deben ser regulados por un conjunto de normas que necesariamente se ha de acomodar a las exigencias constitucionales y a las derivadas del marco normativo del Derecho Comunitario establecido en el ámbito de la Unión Europea...».

Asimismo, el Real Decreto 1628/2009, de 30 de octubre, modifica determinados preceptos del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9-12-1994 y del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29-1-1993. Igualmente, el Real Decreto 4/2008, de 11 de enero, modifica una serie de artículos del Reglamento.

Es cierto que este marco resultó parcialmente afectado por otras modificaciones como la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, «ley ómnibus», el Real Decreto-ley 8/2006, de 14 de septiembre, la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social para 2001 e, incluso, del Real Decreto-ley 2/1999, de 29 de enero.

La propia evolución del marco normativo, unida al deslizamiento del límite funcional al que nos hemos referido, es la que lleva al gobierno a establecer una regulación nueva e íntegra de esta función de seguridad privada. En este marco se produce la publicación de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada que trata de actualizar, en los términos que se indicarán, el marco de la Seguridad Privada11).

Utilizando, en este punto, las propias causas señaladas en el LSP podemos referirnos a las siguientes circunstancias como justificativas de la actuación de Poderes Públicos en la reordenación del marco general de la seguridad privada.

Comentario a la Ley de Seguridad Privada

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