Читать книгу La Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas. Veinte años de vigencia y resoluciones judiciales (1999-2019) - Rosalía Alfonso Sánchez - Страница 44
VI. SECCIONES DE COOPERATIVAS
ОглавлениеSolo la SAP Ciudad Real (Secc 2) de 11 de febrero de 2014 (núm. 33) se ha ocupado, aunque tangencialmente, de las secciones de las cooperativas. En ella, entre otras cuestiones, se decide qué hacer con una cooperativa que, a propósito de la adaptación de sus estatutos a la nueva Ley, introduce cambios en los estatutos sin respetar el procedimiento de modificación estatutaria (no el de mera adaptación a la norma vigente) eludiendo todo lo referido al derecho de información de los socios. Sa afirma que „… no puede ser declarada leve o intrascendente la modificación estatutaria llevada a cabo por la cooperativa demandada mediante la supresión de las dos secciones de las que se componía (vitivinícola y cereales), para lo que basta ver el sentido y alcance de la regulación al efecto contenida en el art. 5 de la Ley General de Cooperativas… para apercibirse de la trascendencia e importancia en el funcionamiento, gestión, régimen de acuerdos, responsabilidad patrimonial, régimen de control contable etc., de la cooperativa que cuente con secciones diferenciadas respecto de la que no se haya venido a organizar estatutariamente de tal modo, muy especialmente en cuanto al régimen de responsabilidad patrimonial de las obligaciones derivadas de la actividad de cada sección y la distribución de excedentes, de ahí que no pueda ser calificado de otro modo que como substancial el hecho de la supresión de las dos secciones previamente existentes, no pudiéndose hablar tampoco de la existencia de un excesivo rigorismo formal en la combatida sentencia, dada la clara y absoluta proporcionalidad entre la vulneración legal habida y las consecuencias que la misma han venido a acarrear, todo ello máxime cuando tal vulneración pretendió ser enmascarada por el cumplimiento del deber de adaptación estatutaria.