Читать книгу Regularización, aclaración y armonización de la legislación concursal - Ana Belén Campuzano Laguillo - Страница 33
I. INTRODUCCIÓN
ОглавлениеLos efectos sobre el deudor se recogen en el Capítulo I del Título III, que se divide en 5 Secciones. La primera se dedica a “los efectos sobre el concursado en general”; la segunda a “los efectos sobre la capacidad procesal del concursado”; la tercera a “los efectos específicos sobre la persona natural”; la cuarta a “los efectos específicos sobre la persona jurídica”, y, la quinta, a “los deberes de colaboración del concursado”.
Se trata de una sistemática que no obedece a una única idea. El Texto Refundido de la Ley concursal combina dos criterios distintos a la hora de sistematizar los efectos de la declaración de concurso para el deudor: por un lado, el de la naturaleza de la persona concursada (persona natural o persona jurídica). Y, junto a él, otro que atiende a la naturaleza de la materia regulada: esto es lo que sucede con la Sección dedicada a la llamada “capacidad procesal del concursado”, que recoge efectos que son aplicables tanto al concursado persona natural como al concursado persona jurídica y, por ello, quizás debieran haberse llevado a la Sección primera titulada “De los efectos sobre el concursado en general”. Máxime cuando (una buena parte de) esos efectos procesales son una consecuencia necesaria de los efectos sustantivos que se contienen en la sección primera (más concretamente de la intervención o la suspensión en el ejercicio de las facultades de administrar y disponer). Y lo mismo puede decirse de la última Sección, dedicada a los deberes de colaboración del concursado, puesto que estos deberes se aplican tanto en el caso de concurso de persona física como en el de persona jurídica.