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Capítulo 1 La argumentación en el derecho

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Sumario:

  1.1. El abogado y las valoraciones de los hechos

  1.2. La argumentación de las valoraciones

  1.3. Alcance de la argumentación

  1.4. Desarrollo de la argumentación

  1.5. Proceso argumental del abogado

  1.6. ¿Quién usa la argumentación en derecho?

  1.7. La argumentación mejora la práctica del derecho

Hay un elemento esencial en toda democracia que no se está atendiendo como sería deseable en las sociedades occidentales. Me refiero a la argumentación de las valoraciones por parte de los actores de los hechos. La argumentación es una competencia que debería formar parte de la práctica jurídica y de la formación de los profesionales relacionados con el derecho en su labor de intermediación y representación de los ciudadanos ante la ley.

Los sujetos que conforman una democracia se comportan y son juzgados según un sistema de valores aceptado por esa sociedad. Estos valores son tan contingentes como las épocas y las propias personas, y están en continuo cambio. Valores que antaño inspiraban determinadas conductas hoy pueden haber caído en desuso. Todo asunto encierra un conflicto de valoraciones que para su tratamiento requiere una técnica aprendida. Los líderes políticos «escuchan» a la sociedad y ofrecen en sus programas electorales las maneras con que se van a conducir ante ella. Por su lado, las leyes que emanan del Parlamento incorporan los asuntos considerados «razonables» y estos son por mayoría aceptados o no en el ordenamiento legal. Si el sistema funciona, las normas aprobadas deberían contener los hechos y las valoraciones justificadas. Y a esto se denominaría la «razonabilidad» del derecho.

Si se sigue este procedimiento se podría considerar que el ordenamiento jurídico es democrático (y respetado) no porque un «legislador» anónimo y misterioso lo haya impuesto sino por haber sido aceptado por los sujetos a él sometidos. Así que un ordenamiento sería aceptado cuando es razonable y es razonable cuando contiene los valores que la sociedad sugiere y acepta. Y los individuos que componen la sociedad considerarían que se imparte justicia cuando una resolución judicial, además de ajustarse a la legalidad vigente (la letra de la ley), actúa conforme a los valores por los que esta sociedad desea regirse. Pues, la no adecuación de una resolución judicial con los valores de la sociedad puede producir decisiones «legales» pero no necesariamente «justas». Esto no es baladí ya que si la norma no se ajusta a los valores que la sociedad piensa que deberían ser rectores de la vida en común, tarde o temprano, dicha norma será derogada o declarada contraria a los principios de justicia recogidos en las cartas magnas o constituciones que son las que mejor representan la voluntad democrática de esa sociedad.

Técnica de la Argumentación Jurídica

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