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1.3. ALCANCE DE LA ARGUMENTACIÓN

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Una vez aclarado el contexto en que se sitúa la argumentación racional y tras establecer su diferencia con la interpretación legal, podemos aceptar la definición de la argumentación como: «el tipo de razonamiento que prueba y refuta las proposiciones relativas al derecho de las personas para obtener o hacer algo legítimamente» (2). Desde el punto de vista práctico propio de la argumentación también aceptamos, entre otras, la definición de la pragma-dialéctica de Van Eemeren cuando dice que la argumentación jurídica «nunca puede ser definida como un producto fruto del análisis teórico y solitario de los argumentos, sino como una forma interactiva de proceder, un procedimiento dialéctico, un proceso interpersonal de justificación donde cobran el mayor relieve los recursos inteligentes y las estrategias retóricas y argumentativas» (4).

Incidiendo en lo dicho hasta aquí, se puede concluir que hay tres grados de abstracción en la argumentación en derecho: el primero es una manera de razonar «formal» sobre la validez de los pasos de las argumentaciones; el segundo, es el proceso «práctico» e interactivo de razonar sobre la aplicación de las normas; y el tercero, en el que se va a centrar este libro, es el de la argumentación propiamente dicha que los abogados construyen y presentan ante el juez, el cliente o cualquier interlocutor, sobre temas relacionados con el derecho y con anterioridad a toda demostración de su validez formal.

Cuando el abogado se reúne con el cliente para analizar la situación de un posible asunto a tratar, sea éste de derecho privado o público, se inicia un proceso de razonamiento común a todo ser humano. En este proceso, el abogado es el intermediario entre los tribunales de justicia y el cliente. Y, en calidad de tal tendrá que indagar y preguntar por los hechos objetivos, e interesarse por identificar las diferentes valoraciones de los mismos. Sólo así, el cliente sentirá que el profesional en quien va a confiar su caso percibe el asunto y lo está enfocando desde su realidad, no sólo desde el plano de lo legal.

Cuando el abogado, además de preguntar al cliente por los hechos que han provocado el problema o conflicto, trata de averiguar las valoraciones que se dan entre todos los implicados, pasa a considerar el caso desde su «razonabilidad». Lo que no va a impedir que, después del interrogatorio, al buscar la argumentación que ha de esgrimir ante el juez, utilice ciertas leyes para apoyar las valoraciones de su cliente. En su comparecencia en sala, el abogado argumentará la legalidad del hecho conforme la razonabilidad de las valoraciones y conforme a la letra de la ley.

Técnica de la Argumentación Jurídica

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