Читать книгу Manual práctico de derecho de la circulación - Javier Fole de Navia Osorio - Страница 250
I. LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA. FUNDAMENTO DEL INSTITUTO DE LA PRESCRIPCIÓN. CRITERIOS JURISPRUDENCIALES. FINALIDAD
ОглавлениеEl artículo 1.968 del Código Civil que indica que:
Prescriben por el transcurso de un año:
2.º) La acción para exigir responsabilidad civil por injuria o calumnia, y por las obligaciones derivadas de culpa o negligencia de que se trata en el art. 1902, desde que lo supo el agraviado.
"... El instituto de la Prescripción Extintiva supone una limitación al ejercicio tardío de los derechos, en beneficio de la certidumbre y de la seguridad jurídica. Conforme a reiterada jurisprudencia se indica que las Leyes en materia de Prescripción obedecen a un interés jurídico y de orden social: asegurar la fijeza y certidumbre de las relaciones jurídicas.
Es principio general, en cuanto a la extintivas o liberatorias, que las acciones prescriben por el mero lapso de tiempo fijado por la Ley: El Tribunal Supremo, declara que los casos de excepción que implican interrupción del plazo por alguno de los medios determinados por el propio Código no pueden ser aplicados con interpretación y criterio extensivos, por la inseguridad que ello significa con respecto a la existencia y virtualidad del derecho mismo; no debiendo ser objeto de interpretación rigorista sino que ha de ser entendida con talante restrictivo y cauteloso..." (SSTS [Sala de lo Civil] de 14-3-1989 [RJ 1989, 2043] y de 1-4-1990 [RJ 1990, 2684]).
"... La prescripción tiene por finalidad la extinción de un derecho ante su no ejercicio por el titular evitando la inseguridad jurídica, al tratarse de un plazo dentro del cual, y únicamente dentro de él, puede realizarse un acto con eficacia jurídica, transcurrido sin ejercitarlo impone la decadencia fatal y automática de tal derecho...".
En la apreciación de la prescripción extintiva ha de tenerse en cuenta:
1.º La actividad o negligencia del sujeto en el ejercicio de las acciones reivindicatorias de sus derechos y
2.º Los preceptos legales que establecen con arbitrio prudencial los periodos de tiempo dentro de los cuales puede ejercitarse.