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D. OTRAS FIGURAS TRIBUTARIAS

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El marco global de nuestra imposición indirecta no se cierra con las figuras hasta ahora mencionadas, pues existen otras,de carácter municipal, que también deben ser recordadas en este lugar. Se trata, en concreto, del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y del Impuesto sobre Gastos Suntuarios en su modalidad de aprovechamiento de cotos de caza y pesca.

El Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras se configura sobre la cifra de operaciones de las empresas sujetas al mismo, lo que ha llevado a que algunas opiniones lo considerasen semejante a un impuesto sobre el volumen de negocios y a plantear su posible incompatibilidad con el Tratado de la Unión Europea, posibilidad que ha sido finalmente desechada.

El Impuesto sobre Gastos Suntuarios en su modalidad de aprovechamientos de cotos de caza y pesca, dado que grava el disfrute o aprovechamiento de estas últimas actividades y no la titularidad o propiedad del respectivo coto, tiene un indudable carácter de impuesto sobre consumos suntuarios, y no de impuesto patrimonial. Efectivamente, esta figura tuvo su origen en la imposición sobre el lujo, que, al ser derogada con la implantación del IVA, solo mantuvo en vigor alguno de sus viejos conceptos.

Para cerrar este epígrafe, advertiremos que, en el seno de la Imposición propia de las Comunidades Autónomas, existen algunas figuras que tienen la naturaleza de impuestos indirectos o sobre el tráfico y consumo de bienes y servicios de carácter sectorial, y que, en caso de prosperar este segmento de la tributación, seguramente serán las políticas protectoras del medio ambiente las que fundarán la aparición de nuevos impuestos.

Manual de Derecho Tributario. Parte Especial

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