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IV. DISPOSICIONES DEL GOBIERNO CON VALOR DE LEY: DECRETOS LEGISLATIVOS Y DECRETOS-LEYES

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Nuestra Constitución no consagra una rígida división de poderes sino atenuada tanto por la distribución de poderes entre el Estado y las Comunidades Autónomas, como por la colaboración entre poderes que se manifiesta, por ejemplo, en la atribución al Gobierno de aspectos importantes de la función normativa, ya que tiene potestad de dictar disposiciones normativas, no sólo de rango reglamentario (potestad reglamentaria, «ex» artículo 97 de la Constitución) sino también de rango legal a través de los decretos legislativos y decretos-leyes, que a continuación se analizarán separadamente.

Lecciones Fundamentales de Derecho Administrativo

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