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8.6.3. Reducciones del rendimiento neto
ОглавлениеReducción del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva.
Según la disposición adicional primera de la Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre, los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de sus actividades económicas por el método de estimación objetiva, podrán reducir el rendimiento neto de módulos obtenido en 2015 en un 5 por 100.
Tratándose de actividades incluidas en el anexo I de citada Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre, la reducción anterior se aplicará sobre el rendimiento neto de módulos a que se refiere la instrucción 2.3 para la aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF del anexo I de tal Orden.
El rendimiento neto de módulos, así calculado, se tendrá en cuenta para la aplicación de lo dispuesto en la instrucción 3 para la aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF del Anexo I Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre.
Susodicha reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos de los pagos fraccionados correspondientes a 2015.
Índices de rendimiento neto aplicables en 2016 por determinadas actividades agrícolas.
De acuerdo con la disposición adicional segunda Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre, los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF en 2015 por las actividades agrícolas que se mencionan a continuación serán, en sustitución de los establecidos en el Anexo I de la Orden, los siguientes:
Actividad | Índice rendimiento neto |
Uva de mesa | 0,32 |
Flores y plantas ornamentales | 0,32 |
Tabaco | 0,26 |