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8.8. Actualización de balances

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Los contribuyentes del IRPF que obtengan rendimientos de actividades económicas y lleven contabilidad o estén obligados a la llevanza de los libros-registro a efectos fiscales, podrán acogerse a una actualización voluntario de los valores contables. La actualización se realiza por coeficientes con el límite del valor de mercado de los activos y tiene eficacia para las amortizaciones a partir de 2015. El tipo de gravamen es del 5%.

↔ [Véase Actualización de balances (2/665)]

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Practicum Fiscal 2021

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