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l. Premios literarios, artísticos o científicos

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En los términos previstos en el art. 7.l) de la LIRPF, estarán exentos los premios literarios, artísticos o científicos relevantes, con las condiciones que se determinan en el art. 3 del RIRPF, así como los premios Princesa de Asturias.

IRPF. Exenciones. Premios. Están sujetos los premios concedidos por ostentar unos conocimientos de cultura general y de cuestiones europeas, así como de idiomas y de planteamientos profesionales acreditados a través de una serie de pruebas selectivas. [Resolución TEAC (Vocalía 1ª) de 24 enero 2003 (JT 2003, 658)].

IRPF. Exenciones. Premios literarios. Artículos periodísticos. Sólo pueden asimilarse a obras literarias los artículos periodísticos de opinión y las colaboraciones incluidas en los periódicos atendiendo a su calidad literaria. Quedan excluidos los premios periodísticos concedidos por el valor informativo de los trabajos periodísticos. [SAN de 19 de febrero 1998 (JT 1998, 665)].

IRPF. Exenciones. Premios. Relevancia del premio. Por otro lado, la relevancia del premio debe entenderse cumplida si se da, entre otros, el requisito exigido de publicidad de anuncio de la convocatoria, completado con la categoría profesional de los miembros de los distintos jurados y la de los autores y obras premiadas anteriormente y por la divulgación en la prensa de dichos premios. [Resolución TEAC de 9 de octubre 1997 (JT 1997, 1500)].

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Se trata de un supuesto de exención rogada (excepto en los premios Princesa de Asturias) que, por tanto, no se puede aplicar directamente por el contribuyente sino que debe someterse al procedimiento de solicitud y concesión por el Departamento de Gestión de la AEAT (Orden EHA/3525/2008, de 20 de noviembre, por la que se establece el procedimiento para la declaración de la exención del IRPF de determinados premios literarios, artísticos o científicos con entrada en vigor el día 6 de diciembre de 2008) en los términos previstos en el art. 3 RIRPF.

IRPF. Exenciones. Premios. Requisitos para la solicitud. Los requisitos para la solicitud de declaración de exención han de darse con carácter previo a la concesión del premio [Resolución TEAC de 26 febrero 1998 (JT 1998, 562)] salvo en los supuestos de premios convocados en el extranjero o por organizaciones internacionales. [Resolución TEAC de 25 marzo 1999 (JT 1999, 1541)[.

Para que resulte aplicable la exención deben concurrir los requisitos previstos en el art. 3 RIRPF.

IRPF. Exenciones. Premios. Requisitos. Resulta improcedente la exención en el supuesto de premio concedido como reconocimiento a una labor investigadora, cuya concesión va destinada a la financiación de un proyecto de investigación futuro concreto, al cual se vinculó expresamente la solicitud para participar en el programa. [Resolución TEAC [Vocalía 1] de 20 diciembre 2007 (JT 2008, 348)].

IRPF. Exenciones. Premios. Requisitos. Carácter nacional o internacional. Que la convocatoria y su publicación tengan carácter nacional o internacional debe interpretarse en el sentido de que permita la concurrencia a todos con independencia de su nacionalidad. [STSJ Galicia, de 29 de septiembre 1998 (JT 1998, 1459)].

IRPF. Exenciones. Premios. Requisitos. No establecer limitación alguna respecto a los concursantes. Es posible que, teniendo el premio carácter nacional o internacional, se realice una limitación de sus concursantes. De este modo, por ejemplo, se ha declarado que procede la exención en el caso de un premio científico concedido a investigadores relacionados con Cataluña. Ello no supone limitación alguna respecto de las condiciones objetivas y subjetivas de los candidatos. (Resolución TEAC de 25 de marzo 1999 [JT 1999, 1553]). Por el contrario, no procede la exención para aquellos premios que, convocados para trabajos que versen sobre temas referentes a la Administración Local, se limite su participación a funcionarios de dicha Administración. [Resolución TEAC de 22 de marzo 2000 (JT 2000, 643)].

Por último, hay que tener en cuenta que el art. 105.2.c) de la LIRPF dispone que reglamentariamente podrán establecerse obligaciones de suministro de información para las entidades y personas jurídicas que satisfagan premios, aun cuando tengan la consideración de rentas exentas a efectos del impuesto. En este sentido la Orden HAC/593/2002, de 12 marzo, aprueba el Modelo 183 de declaración informativa de determinados premios exentos del IRPF.

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