Читать книгу Cumplimiento cooperativo y reducción de la conflictividad: hacia un nuevo modelo de relación entre la Administración tributaria y los contribuyentes - Pedro José Carrasco Parrilla - Страница 29
1. Propuestas de la OCDE
ОглавлениеPara la OCDE el grado de cumplimiento fiscal de un país viene determinado por tres indicadores: que la administración tributaria colecte la recaudación efectiva correcta y en el periodo previsto, que el cumplimiento voluntario de los contribuyentes sea el adecuado –no sólo en el pago de los impuestos sino en el resto de las obligaciones accesorias–, y, por último, la confianza de los agentes económicos en el correcto comportamiento de las autoridades fiscales.
Ya en la Acción núm. 12 del Acuerdo BEPS se propone establecer medios para que los contribuyentes revelen sus mecanismos de planificación fiscal que han ido depurándose hasta el International Compliance Assurance Programme (ICAP), que debuta como programa piloto en enero de 2018, implicando a ocho Estados37 y a algunos de los grupos mercantiles transnacionales radicados en sus territorios. A partir de la experiencia de su aplicación, en 2019 se lanza el ICAP 2.0 que mantiene algunos elementos básicos del modelo de cooperación –un único paquete de documentación, la participación multilateral coordinada entre las administraciones fiscales y con el grupo mercantil, y otorgar un papel preeminente para la administración fiscal principal– e introduce cambios para su mejora. Entre estas modificaciones está la de dotar de mayor claridad y flexibilidad al proceso de evaluación de riesgos del ICAP, informando de manera más detallada de cómo se producirá. Lo que se pretende es incrementar el grado de certeza de los grupos mercantiles con relación a qué objetivos se persiguen, lo que, unido a una mejora de la flexibilidad en el calendario, formato y contenido de los compromisos, debería asegurar la adaptabilidad del ICAP a las características de cada grupo mercantil trasnacional que se someta a su aplicación. Además, solo se requerirá a la entidad mercantil la información documental necesaria para la evaluación de los riesgos analizados y se identificarán los cambios que permitan calificar como de bajo riesgo cualquiera de los analizados en las diferentes fases del proceso.
El modelo presentado por la OCDE es coherente con los propósitos presentados en su informe The Changing Tax Compliance Environment and the Role of Audit38. Los objetivos para las haciendas públicas son optimizar el coste del cumplimiento voluntario de los contribuyentes, minimizar la carga de los contribuyentes y garantizar su confianza en la administración tributaria. Por ello, y además del ICAP 2.039, las administraciones desarrollan otras actividades en respuesta a las consultas de los contribuyentes, derivadas de las inspecciones de sus declaraciones de impuestos, o bien actuaciones previas con las que tratan de influir en el comportamiento del contribuyente –por ejemplo, proporcionando información sobre las obligaciones fiscales–; y, por último, un tipo de actividades cada vez más frecuentes, en las que la administración favorece el cumplimiento fiscal vinculándolo al diseño del propio hecho imponible y previniendo errores en la liquidación o en la cuantificación de la obligación en el momento en que se verifica la transacción, es decir, en tiempo real.
El Tax Compliance sigue concibiéndose como un proceso cíclico en el que, una vez identificados los riesgos de incumplimiento, establecida su importancia y prioridad, y diseñadas las estrategias de mitigación a partir del análisis previo de los factores que determinan ese comportamiento evasor por parte del contribuyente, debe verificarse su impacto para volver a recalibrar esos riesgos40. En forma gráfica, puede expresarse en la figura siguiente:
Figura núm. 1. Proceso circular del Tax Compliance
Fuente: Elaboración propia a partir de OCDE (2004).
Una conducta tributaria responsable por parte de los contribuyentes implica no sólo el cumplimiento de la ley sino una cooperación efectiva con la administración y el respeto de la voluntad del legislador. Este objetivo se hace evidente en la demanda a las empresas para que no estructuren sus operaciones mercantiles de manera que tengan resultados tributarios incompatibles con las consecuencias económicas subyacentes de la transacción41.
Asimismo, se señala al consejo de administración de las sociedades como el órgano responsable del desarrollo de los programas internos que garanticen un control tributario de la entidad. En consecuencia, estos programas de cooperación y cumplimiento tributario deben tener un reflejo en los sistemas y estructuras de las empresas, considerando el riesgo tributario como un elemento más en la estrategia global de gestión de riesgos de la entidad. Los elementos a considerar por parte de un sujeto que quiera implantar un sistema de cumplimiento voluntario del ordenamiento fiscal recogido en su propio código interno de buenas prácticas serían los siguientes:
Figura núm. 2. Tax Compliance para la empresa
Fuente: Elaboración propia.
Por su parte, las administraciones involucradas deben garantizar el respeto de ciertos principios que permiten generar la confianza de los contribuyentes en su actuación y, por ende, incentivar el cumplimiento voluntario. La administración tributaria debe ser consciente de las condiciones que el mercado impone a los agentes económicos, debe actuar con imparcialidad, proporcionalidad, flexibilidad y capacidad de respuesta de los órganos de recaudación42.