Читать книгу Cumplimiento cooperativo y reducción de la conflictividad: hacia un nuevo modelo de relación entre la Administración tributaria y los contribuyentes - Pedro José Carrasco Parrilla - Страница 36
IV. Reflexiones finales sobre las características de los programas de Tax Compliance
ОглавлениеComo ha quedado patente, el desarrollo de los programas de Tax Compliance tiene su origen en el reconocimiento de la necesidad de la colaboración de todos los agentes implicados en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. El principio de cooperación se proyecta sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, en concreto, en la adopción de una serie de mecanismos de cooperación voluntaria con la administración. La alternativa exige asumir unos riesgos fiscales y reputacionales cada vez más elevados, tanto por la cuantía de las sanciones que se aplican como por la rapidez y amplitud del conocimiento y reprobación social de los comportamientos evasores. Para las administraciones, no considerar la implantación de mecanismos de cooperación con el contribuyente les exigirá un esfuerzo considerable contra las conductas fraudulentas y una coordinación internacional no siempre factible.
Además de los efectos que la aplicación de sistemas voluntarios de cumplimiento fiscal tiene sobre la recaudación obtenida, se constata que las consecuencias de su implantación exceden del ámbito tributario para incardinarse dentro del ámbito de la Responsabilidad Social de las Organizaciones. El Tax Compliance constituye un instrumento que permite dar entrada al valor reputacional en la toma de decisiones de los contribuyentes, moderando el peso de las potenciales ganancias económicas derivadas del incumplimiento fiscal. El cumplimiento fiscal se convierte en un elemento más en la toma decisiones empresariales y su protección se plasma en las prácticas económicas y organizativas de la propia estructura empresarial.
Como elementos básicos de los sistemas de Tax Compliance cabe destacar que reducen la incertidumbre jurídica con la que operan los contribuyentes y las administraciones. La certeza sobre los riesgos fiscales que se detectan y sobre las medidas a adoptar para su neutralización implican ahorros de costes importantes para ambas partes y, por tanto, una mayor eficiencia de la actividad económica de los contribuyentes y de la actividad recaudatoria e inspectora de las haciendas públicas.
Las diferentes propuestas que Estados y organizaciones internacionales han planteado permiten concluir que un sistema de cumplimiento fiscal debe reunir ciertas características que le permitan ser útil y exitoso. Así, un programa de Tax Compliance debe ser flexible y capaz de adaptarse a las circunstancias dinámicas del mercado. No puede ser un obstáculo o un riesgo añadido a la actividad económica, en especial en unas condiciones de alta competencia en un entorno digital y global. La respuesta de la administración ante las consultas de los contribuyentes debe ser rápida y ajustada a las necesidades de este. Esta condición es indispensable para facilitar la toma de decisiones fiscales responsables, sobre todo, para los grandes grupos mercantiles transnacionales cuya reputación es esencial para el desarrollo de su actividad en diferentes países.
Para conseguir el objetivo anterior, es preciso que la relación contribuyente/ administración sea de mutua confianza y con respeto de principios básicos –como los recogidos en el Código del Contribuyente Europeo– tales como la transparencia sobre la intención de las normas y de los procedimientos fiscales o la presunción de honestidad.
En definitiva, debería producirse un cambio en el paradigma de las relaciones entre las haciendas públicas y los contribuyentes, que es la condición básica para el éxito de los programas de Tax Compliance.
Aunque el entono actual sea digital y global, la premisa de la incertidumbre en la toma de decisiones no ha variado, al contrario, es más intensa. A medida que el riesgo crece, mayores son las posibilidades de obtener ganancias o de sufrir pérdidas cuantiosas. Por esta razón, contribuyentes y administraciones tratan de mitigar el efecto de la incertidumbre generando entornos de confianza en los que las relaciones tributarias puedan desarrollarse.
En un mundo en el que el valor de la información es cada vez mayor, los sistemas de cumplimiento fiscal voluntario suponen para las administraciones fiscales alcanzar niveles de conocimiento sobre los riesgos ficales de los obligados tributarios que se extienden a operaciones y sujetos con los que no se ha concertado este sistema. Esto implica, en coherencia con las previsiones teóricas, que las actividades inspectoras sobre los agentes económicos que no se adhieran a estos procesos serán más selectivas y eficientes.
Como reflexión final debo expresar mi convencimiento de que la mejora del cumplimiento tributario en un país va más allá del establecimiento de procesos de Tax Compliance, por más valiosos que estos sean. Es, en primer término, una cuestión que depende de los valores morales y éticos de los ciudadanos –sea en su papel de contribuyentes como personas físicas o como dirigentes de las entidades mercantiles que operan en el mercado–. Siendo así, la educación se presenta como un primer puntal ineludible para garantizar el cumplimiento voluntario en el ámbito fiscal. Es preciso concienciar y educar desde una edad temprana en valores como el respeto a las leyes de un país –incluidas las tributarias– o en la necesidad de contribuir al sostenimiento de los servicios públicos, no solo por el beneficio directo que nos reportan, sino por lo que aportan a la solidaridad interpersonal. En segundo lugar, no podemos obviar que el sistema fiscal en su conjunto –es decir, no solo el cuadro tributario sino también la propia administración que lo aplica– debe responder a los principios de justicia, simplicidad y seguridad jurídica y de respeto de los derechos del ciudadano/contribuyente. Si los impuestos a los que deben enfrentarse los contribuyentes son demasiado complejos, si la presión fiscal se percibe como excesiva –y, por tanto, injusta–, si la administración no asegura un trato equitativo y respetuoso y no se garantiza una buena gobernanza fiscal, las resistencias al cumplimiento fiscal serán tan intensas que los sistemas de cumplimiento voluntario no serán efectivos en la lucha contra el incumplimiento fiscal.