Читать книгу Comentario al texto refundido de la Ley Concursal - Pedro Prendes Carril - Страница 88
I. INTRODUCCIÓN
ОглавлениеLa declaración del concurso es el hito temporal que fija el inicio de los efectos de la insolvencia de acuerdo con la ley concursal. En el caso del acreedor, éste debe cumplir una serie de presupuestos cuyo fin principal es identificar los deudores insolventes y conseguir el pago a los acreedores respetando la prelación de créditos propia de un proceso universal.
A diferencia de la declaración voluntaria, el concurso necesario sólo procede en los casos de insolvencia actual.
Como consecuencias más importantes de la declaración podemos apuntar que acordará la suspensión de los administradores sociales para que la administración concursal ocupe su lugar.
Otra consecuencia es la presunción de culpabilidad de los administradores de la empresa y la posibilidad de que tengan que responder con su patrimonio personal, en caso de que los bienes de la sociedad sean insuficientes para hacer frente a las deudas por solicitud de concurso tardío y se acredite la relación causal entre la demora y el perjuicio.
Desde el punto de vista de los acreedores, la declaración del concurso garantiza el privilegio del instante cuyos créditos ordinarios –hasta el 50% de su importe– tendrán la consideración de privilegio especial. En este punto la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha venido a concluir que "es necesario acudir a un criterio para repartir el privilegio entre todos los instantes. El seguido por la sentencia recurrida se muestra un criterio objetivo y justo, en cuanto que tiene en cuenta el porcentaje que respecto de la suma total de los créditos de todos los instantes, tiene la cuantía de los créditos de cada uno de ellos, y este porcentaje se proyecta sobre el máximo legal del 50%. Es el denominado criterio de distribución interna proporcional." STS, Civil sección 1 del 21 de diciembre de 2015 (ROJ: STS 5444/2015 – ECLI:ES:TS:2015:5444).